Ya se me había olvidado contestar xD
apos vos sos el salado a mi jamas me a pasado que se ponen a buscar peor con las colas que estan ahora lol te vieron cara de ganster quiza y es raro que venga una factura dentro yo sigo con el plan de siempre photoshop ya si se molestan en rebisar cosa de ellos que pierden el tiempo para lo poco que le sacan
recomendacion photoshopear la factura que a nadie van a meter preso aunque rebisen
LEY ESPECIAL PARA SANCIONAR INFRACCIONES ADUANERAS
SECCION QUINTA
INFRACCIONES ADUANERAS PENALES
Ocultamiento, falsificación o Destrucción de Información"
Art. 23.- Srá sancionado con prisión de tres a seis años quien haya creado, ocultado, haga total o parcialmente falso o altere información de trascendencia tributaria a la autoridad aduanera o destruya libros de contabilidad o de control tributario, sus registros auxiliares, estados financieros y sus anexos, archivos, registros, mercancías, documentos; así como sistemas y programas computarizados o soportes magnéticos que respalden o contengan la anterior información. Se considerará incurso en este delito, tanto la persona que participe directamente en la creación, ocultación, alteración o destrucción expresada, como la que hubiere decidido y dado la orden para la ejecución de la misma."