Si se vota en la JRV donde estas, lo que yo estoy esperando es donde diga que podes ser de JRV y no votar por no estar en el padron
De nuevo repito: ¿Tanto cuesta tomarse cinco minutos para leer el Código Electoral?
Requisitos
Art. 9.-Para ejercer el sufragio se requiere:
a.
Ser ciudadano o ciudadana salvadoreño;
b.
Estar inscrito o inscrita en el registro electoral;
c.
Estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos; y
d.
Identificarse con su respectivo documento único de identidad vigente y además, aparecer
en el correspondiente padrón emitido por el Tribunal, de acuerdo al registro electoral.[/u]
El RNPN (La base de datos de DUIs) no es igual al padrón. El RNPN Proporciona al TSE la lista de ciudadanos al cierre del padrón (que no recuerdo que fecha fue del año pasado), luego de esa fecha estas en el RNPN pero no necesariamente significa que estés en el padrón.
Por ello los de la JRV revisan además que el # de DUI no supere el último registrado en el padrón vigente.
En otras palabras: Sï está prohibido votar si no estás en el padrón, sin embargo podés pertenecer a una JRV mientras tengas tu DUI vigente, seás mayor de edad, no tengas otros impedimentos (fisicos, visuales, auditivos, mentales) y estés debidamente acreditado por el TSE.