Yo digo algo si el frente ganó, cual es el miedo de que cuenten voto por voto. O será que si hubo chanchullo. Así le callarian la boca a arena.
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El problema es el siguiente, cito el segundo párrafo del Art. 215 del código electoral:
El Tribunal sólo podrá ordenar la revisión de papeletas de votación de una o más Juntas Receptoras de Votos siempre y cuando con la suma de los votos impugnados, el resultado final de la votación del Municipio o Departamento, pueda cambiar al partido político o coalición ganador.
Subrayo el "solo" porque es justamente ESO el problema. Si esa condición no se cumpliera, si el TSE ordena la revisión voto por voto estaría INCUMPLIENDO LA LEY ya que estaría saltandose una restricción explícita escrita en ley, exponiendolos a una demanda.
Es decir podrías imaginarte que no quieren perder porque sí:
El TSE autoriza los conteos voto a voto, estarían realizando una atribución que por ley no tienen. Exponiendolos a una demanda y a que digan luego que por haber quebrantado la ley el proceso no fué respetado y por tanto no es válido.
Ahora... Si luego del escrutinio final, resulta que la diferencia de votos es los suficientemente pequeña como para que sea inferior a los impugnados y pueda hacer una diferencia en el resultado electoral final, entonces en ese caso SI ellos deberían autorizar el conteo voto por voto, mientras tanto no será posible.