Cuando en la asamble salio la propuesta de carcel a los evasores y ser mas duro con ellos. ARENA pego el grito en el cielo y se opuso. ¿y entonces?
Mira eso es una tontera y de paso le dan paja a la gente al igual que como hicieron con este impuesto.
Siempre ha sido delito la evasión fiscal desde hace siglos, la reforma que se propuso y en efecto se realizó era un paquete de reformas al codigo penal, pero no incluian delitos nuevos si no que modificaciones en cuanto ciertos aspectos como el procedimiento, prescripción, posibilidad de conciliar y otras mierdas
AL desglosar las reformas la gran mayoría estaban estupidas y otras pues simplemente eran inecesarias pero en termino general ese paquete de reformas a los delitos tributarios estaba hecho con las patas al igual que este impuesto.
Además eso de andar intimidando con carcel es una payasada, poque no hacen mejor las reformas adecuadas para dar herramientas al estado para hacer los cobros de los tributos en mora? Ahhh porque eso requiere mas estrategia y pensar.
Pero pollo mira, si es contribución especial no lo son también los que le clavan a la gasolina?
No es una contribución especial es un impuesto.
En eso estamos muy de acuerdo pero usted mas conocedor en el tema legal ¿cree que pueda llegar a ser inconstitucional? digo mal puesto es a leguas pero legalmente ¿es igual de malo?
No puedo adelantar lo que pueda decidir la sala.
Pero una de las teorias mas probables es que este tributo no es una contribución especial ya que no existe una beneficio directo y cuantificable que va a recibir los pagadores del tributo ni tampoco hay un proyecto u obra identificable que siempre debe de haber en una contribución especial.
SI no es un contribución especial entonces es un impuesto pero los impuestos gravan el patrimonio de los destinatarios de acuedo a su capacidad economica y las necesidades del presupuesto general. Sin embargo no se ve en este impuesto que hayan considerado la capacidad economica de los destinatarios del tributo.
Si queres leer bien la teoria esta este articulo
http://www.enfoquejuridico.info/wp/archivos/3865
La teoria anterior si bien la comparto es un poco discutible si dicho agravio es estrictamente legal o trasciende al aspecto constitucional.
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Lo que si te puedo decir con propiedad es que en este caso no es una inconstitucionalidad evidente como el fonat. No puedo predecir con que saldra la sala pero si lo llega a declarar va a tener que hechar mano de varios principios constitucionales y tener que hacer una interpretación amplia de ellos.