Autor Tema: Renuncia inmediata  (Leído 5715 veces)

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Desconectado SomeoneisHere

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Renuncia inmediata
« : septiembre 14, 2021, 06:22:19 pm »
Buenas tardes amigos.

No sé si este es el mejor lugar para preguntar esto pero, voy a renunciar de forma inmediata en mi trabajo actual yo sé que no aplico a indemnización por el 50% pero tienen idea si también pierdo el porcentaje de aguinaldo y vacaciones de este año??

Estuve llamando al ministerio de trabajo pero esos prójimos andan perdidos unos me dicen si, otros no y ya no se qué creer.
Alguno sabrá esto?

Mil gracias  ohyea:

Desconectado EltalIvan

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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #1 : septiembre 14, 2021, 06:30:13 pm »
Buenas tardes amigos.

No sé si este es el mejor lugar para preguntar esto pero, voy a renunciar de forma inmediata en mi trabajo actual yo sé que no aplico a indemnización por el 50% pero tienen idea si también pierdo el porcentaje de aguinaldo y vacaciones de este año??

Estuve llamando al ministerio de trabajo pero esos prójimos andan perdidos unos me dicen si, otros no y ya no se qué creer.
Alguno sabrá esto?

Mil gracias  ohyea:
Prueba usando la calculadora del ministerio de trabajo solo crea tu cuenta si no la tienes
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Desconectado Pattyxoxo

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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #2 : septiembre 16, 2021, 08:33:31 am »
No.... deben darte tu aguinaldo y vacaciones proporcionales. eso si... perdes todo derecho a indemnizacion.
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Desconectado salvadoresc

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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #3 : septiembre 16, 2021, 08:51:27 am »
tengo entendido que si tenes derecho a indemnizacion pero solo a un porcentaje, pero la verdad seria mejor que consultes en el ministerio de trabajo ellos te pueden asesorar antes de que procedas
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Desconectado Pattyxoxo

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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #4 : septiembre 16, 2021, 08:55:11 am »
tengo entendido que si tenes derecho a indemnizacion pero solo a un porcentaje, pero la verdad seria mejor que consultes en el ministerio de trabajo ellos te pueden asesorar antes de que procedas

no, cuando es renuncia imediata no te toca nada. yo acabo de renunciar asi por eso te cuento..., para tener derecho a indemnizacion debes poner el preaviso a tu empleador y en el ministerio de trabajo 15 dias si sos operativo y 30 dias si sos jefatura. caso contrario. NO tenes derecho a indemnizacion, unicamente a las vacaciones y a tu aguinaldo proporcional.
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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #5 : septiembre 16, 2021, 11:26:54 am »
Yo renuncié el 30 de junio y tuve que hacerlo así, de forma repentina por motivos personales. Tuve que ir al área de "Cálculo" del MiTrab y ahí me dieron una hoja con lo que me calcularon (valga la redundancia) cuánto me correspondía (una damier por cierto para todos los años que estuve ahí). Luego esa hoja tuve que presentarla en mi antiguo trabajo pero, para variar, al ser institución pública, está sujeta al presupuesto y por lo tanto me la pagarán hasta el próximo año  :yao_ming: :yao_ming:

Como comentario aparte, las mujeres del área de pagaduría de la institución donde estaba, me decían en un principio que yo no tenía derecho a ninguna indemnización por estar renunciando sin previo aviso, pero no es así. Está un decreto del año 2018 (no recuerdo el número) que habla sobre renuncia voluntaria, donde se aclara eso.

Espero te sirva esta información.

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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #6 : septiembre 16, 2021, 11:56:11 am »
Lo que te puedo decir es que por ley no tenes derecho, pero el codigo de trabajo establece que los privados pueden ofrecer prestaciones adicionales siempre y cuando sean de beneficio para el trabajador.

Hay lugares que te pagan tu tiempo aun que renuncies de forma inmediata. Siempre y cuando avises con un pequeño tiempo al menos no podes caer el mismo día que te vas a decir que te vas, creo que es irresponsable hacer eso y poco profesional.
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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #7 : septiembre 16, 2021, 01:08:35 pm »
Aguinaldos y Vacaciones proporcionales te corresponden por ley aparte de los salarios aun pendientes si los hay, deberias mejor llamar o acercarte al Mnisterio de Trabajo ahi te hacen el calculo exacto aunque hay empresas que por beneficios te pueden dar mas.

Desconectado salvadoresc

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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #8 : septiembre 16, 2021, 07:24:17 pm »
Lo que te puedo decir es que por ley no tenes derecho, pero el codigo de trabajo establece que los privados pueden ofrecer prestaciones adicionales siempre y cuando sean de beneficio para el trabajador.

Hay lugares que te pagan tu tiempo aun que renuncies de forma inmediata. Siempre y cuando avises con un pequeño tiempo al menos no podes caer el mismo día que te vas a decir que te vas, creo que es irresponsable hacer eso y poco profesional.
si es que ahuevo siempre es mejor avisar con anticipacion... incluso cuando aplicas a un nuevo trabajo tu nuevo empleador suele valorar eso.
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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #9 : septiembre 16, 2021, 11:08:26 pm »
si es que ahuevo siempre es mejor avisar con anticipacion... incluso cuando aplicas a un nuevo trabajo tu nuevo empleador suele valorar eso.
Yo he visto lugares que te tachan abandono laboral por renunciar el mismo dia e irse a la mi$$rda. Ahi a menos que te haya salido la oportunidad de tu vida pero la mayoria de lugares te van a acomodar aunque sea unos 15 dias para que te movas.
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Re:Renuncia inmediata
« Respuesta #10 : septiembre 18, 2021, 08:57:19 pm »
Gracias amigos, resulta que mande un correo al ministerio de trabajo y me dijeron que perdi todos los derechos a vacaciones y a aguinaldo proporcionales por ser renuncia inmediata que eso solo aplica cuando es renuncia voluntaria (con 15 o 30 dias de anticipacion dependiendo el cargo) asi que la regue :c
me toco renunciar el mismo dia para no llegar el siguiente. :sorry: porque en mi nuevo trabajo me llamaron de la nada con "mañana lo queremos ya aqui"