pregunta al pollinski, que no es ilegal el discriminar por preferencia religiosa?
El codigo de trabajo no prohibe expresamente discriminar por materia religiosa al momento especifico de contratar, sin embargo via jurisprudencia se ha determiando que es ilegal interpretando un articulo que prohibe descriminar a los trabajadores. Solo podes poner restricciones cuando es justificado en base al tipo de trabajo a desempeñar.
Te dejo el articulo correspondiente
Art. 30.-Se prohíbe a los patronos:
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12º) ESTABLECER CUALQUIER DISTINCION, EXCLUSION O PREFERENCIA BASADA EN
MOTIVOS DE RAZA, COLOR, SEXO, RELIGION, OPINION POLITICA, ASCENDENCIA
NACIONAL U ORIGEN SOCIAL, SALVO LAS EXCEPCIONES PREVISTAS POR LA LEY CON
FINES DE PROTECCION DE LA PERSONA DEL TRABAJADOR; (8)
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En la practica es una normal bien dificil de aplicar y ejecutar pero pues...