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Discusion General => Chat General => Mensaje iniciado por: pollo en marzo 17, 2011, 10:43:14 pm

Título: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en marzo 17, 2011, 10:43:14 pm
Bueno mediante este tema quiero aportar aun quesea con un granito de ayuda a mejorar la SVC :thumbsup:

Yo casi no posteo cosas buenas en tecnología porque no es tanto mi fuerte la tecnología (a pesar de que me facina la tecnología :thumbsup:) así que quiero ayudar con lo que si es mi fuerte que es el derecho.

En este post quiero dar tips jurídicos que les van a servir en la vida diaria. Creanme es bueno saber estas cosas aunque no sean estudiantes de derecho. A varios de mis amigos les cuento estas cosas y les sirven. Lo que quiero decir es que aqui no voy a postear astralidades juridicas para lo cual necesitan contratar un abogado si no que cuestiones útiles de la vida diaria, por ejemplo como quitarse multas de transito, puedo andar droga para consumo personal?? que hago si me agarran en un reten borracho etc... SIn embargo aun asi tiene contenido jurídico. Cualquier duda con gusto aclaro o si tienen un caso en concreto también los puedo asesorar ya sea por el tema o por mp.

Además que existe una presunción (lo cual me parece una utopia) de que nadie puede alegar ignorancia de la ley (osea que se presumen que todos conocemos la ley no solo los abogados)

Cito el codigo civil
Citar
Art. 8.- No podrá alegarse ignorancia de la ley por ninguna persona, después del plazo común o especial

Muchos de estos tips ni los mismos abogados los saben y es que los abogados no somos sabelotodos que nos podemos todas las leyes de memoria. Lo que pasa es que sabemos donde buscar y sabemos interpretar y entender cualquier ley (al menos los buenos abogados).

Bueno hay los dejo con mi primer tip, el cual trata sobre las multas de transito con el tiempo iré poniendo mas tips si el tema triunfa si no les interesa este tipo de cosas hay dejo de postiar

Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: pollo en marzo 17, 2011, 10:44:16 pm
Tip Jurídico numero 1 --> Como quitarse multas

Mi primer tip jurídico  es para los que andan en carro, y es sobre las multas de transito. Incluyo algunos tips y consejos de como quitarse las multas.


Te pusieron una multa por andar hablando por cell o por otro motivo. Pues ya te tocó pagar 57.14  x_x , si te han puesto más de una multa ya son más de 100 bolitas y ya duele pagarlas :shockd: :sad: Bueno  estas esquelas pueden ser impugnadas a través de un procedimiento administrativo que no mucha gente lo utiliza. Sin embargo deben de evaluar que es más eficiente????  si dar un par de trámites para impugnar la multa o si es mejor simplemente pagar la multa, si es una multa leve de 11.43 creo que sale mejor pagarla, por el tiempo que te va a tomar. Además tener en cuenta que si se tienen multas pendientes no se puede renovar la tarjeta de circulación, por lo que si ya esta cerca la fecha de renovación de tu tarjeta sale mejor pagar la multa porque necesitas renovarla.

Antes que nada les recomiendo leerse el art. 117 de la LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL (en adelante LTTTS), el cual establece todas las infracciones por las cuales nos pueden multar.

Mi primer consejo cuando los multen es siempre niéguese a firmar la multa . Ustedes están legalmente autorizados a negarse a firmarla y esto tiene sus consecuencias jurídicas.

Cito la LTTTS

Citar
rt. 119.- Las esquelas emitidas por parte de los Agentes de la Policía Nacional Civil, tendrán el carácter de actos de notificación y emplazamiento, para que el presunto infractor, en caso de inconformidad, se presente dentro de cinco días hábiles siguientes a la Unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga a manifestar su defensa. La cual deberá presentar por escrito, y contener los requisitos siguientes: (20)


1.   La designación de la autoridad administrativa a la que va dirigida; (20)
2.   El nombre, profesión u oficio, número de Documento Unico de Identidad u otro documento de identificación, si fuese extranjero; (20)

3.   Nombre del propietario del vehículo; (20)

4.   El número de la esquela, número de identificación (ONI), del Agente que la impuso, y la fecha de la misma. De no expresarse estos datos en la esquela, se declarará nula y será inamisible el escrito; (20)

5.   Exposición de los motivos en que se fundamenta su inconformidad; (20)

6.   Elementos probatorios que pretende aportar; (20)

7.   Petición; (20)

8.   Lugar que señala para recibir notificaciones; (20)

9.   Lugar, fecha y firma o, en caso de no saber o no poder hacerlo, la huella del pulgar de la mano derecha, y la firma de otra persona, a su ruego. (20)


En los casos de imposición de sanción por reincidencia, la Dirección emitirá resolución ordenando el inicio del trámite, y requiriendo al interesado para que presente el escrito antes referido. (20)
En caso que el presunto infractor no se presente en término señalado en el inciso primero del presente artículo, se impondrá la multa correspondiente. (20)

En caso en que el presunto infractor se niegue a darse por enterado o a firmar la esquela de notificación, la Unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga, estará obligada a notificar debidamente, a fin que aquel compadezca en el termino fijado en el inciso primero de este artículo. (20)

De conformidad a este artículo cuando un policía te pone una esquela esta es un acto administrativo que sirve de notificación de la multa. A partir de que se te notifica la multa el presunto infractor tiene 5 días hábiles para impugnar la multa (estos se cuentan a partir del día siguiente de la notificación). Pero  si te negaste a firmar la multa entonces la unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga está obligada a notificarte la esquela. En la práctica esta unidad no anda notificando a la gente que no firmo sus multas. Lo que sucede es que la persona a la que multaron tiene que presentarse a esa unidad (la cual es una dependencia del Viceministerio de transporte) para te notifiquen la multa y hasta entonces te corre el plazo de los 5 días. Es decir si firmaste la multa al día siguiente te empieza a correr el plazo si no la firmaste hasta que vos vayas a dicha unidad te corre el plazo de 5 días, lo cual implica tiempo indefinido para impugnar la multa (sin embargo la multa siempre te aparece en el registro y no podrías renovar la tarjeta de circulación).

Para impugnar la multa se debe dirigir un escrito ante la unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga, el cual debe llenar los requisitos del art 119.

Las multas se pueden impugnar por motivos de forma y por motivos de contenido. Por forma es que el agente lleno mal la esquela es decir puso mal el código de la falta, puso mal el código ONI, puso mal el nombre del infractor, la placa del vehículo etc... (en estos supuesto es súper chiche quitarse la multa). Por motivos de contenido es que yo estoy inconforme xq no he infringido la ley es decir no he cometido la falta por la que me han multado ej: me multaron por andar hablando por cell y en realidad era un lapicero lo que tenía en la mano y no un cell, otro ejemplo sería me multaron por hablar por cell pero me estacioné para hacerlo y no iba conduciendo.

Aquí les va un tip muy importante, en la esquela hay un cuadro que dice observaciones, si ustedes no han infringido la ley asegúrense que el agente ponga lo que verdaderamente paso. En el caso de que yo andaba un lapicero en vez de un cell, asegúrense que ponga en las observaciones que andaba un lapicero, porque eso no es una falta y la misma esquela te sirve de prueba para impugnarla. Por el contrario si de verdad infringieron la ley pero el agente llena mal las observaciones eso es un punto a su favor a la hora de impugnarla.

Otro tip importante es que el escrito que dirigan a la unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga, debe llenar todos los requisitos del art. 119 si no les van a rechazar el escrito.

Cito la LTTTS
Citar
Art. 119-A.- Admitido el escrito de inconformidad, se señalará día y hora para la celebración de una audiencia en la que el presunto infractor podrá presentar las pruebas que estime pertinentes y alegar las excepciones correspondientes. Cuando se fundamenten excepciones, éstas se resolverán inmediatamente. (20)

Las pruebas serán valoradas conforme al sistema racional de deducciones. La unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, deberán admitir resolución final dentro de los tres días hábiles posteriores a la celebración de la audiencia. (20) (21)


Luego de que presenten el escrito les van fijar una audiencia para que aleguen excepciones (esto significa decir tus argumentos) y presenten pruebas. La prueba más común es testigos, pero en algunos casos la prueba idónea no serán los testigos. De testigo lleven a alguien que vio lo sucedido, al testigo le toman una declaración rápida (es decir narra cómo paso todo y alguien toma nota). Si no tienen testigos aun así hay forma de probar los hechos pero no lo puedo revelarlo en público, cualquier cosa puedo dar asesorías por mp :thumbsup:. Aquí es importante que preparen bien a su testigo de lo que va a decir, es importante que no diga cosas incoherentes con el escrito que ustedes presentaron.

Y eso es todo de allí la unidad esa debe emitir resolución dentro de los tres dias posteriores. Si la resolución es desfavorable entonces la pueden apelar de conformidad a este articulo

Cito la LTTTS
Citar
Art. 119-C.- La resolución final admitirá recurso de apelación ante el Viceministro de Transporte. El recurso deberá interponerse por escrito por el agraviado o su representante legal, dentro del término de tres días hábiles contados a partir de la notificación respectiva. Tal interposición puede hacerse a través de correo electrónico, en las direcciones que el Viceministerio publique al efecto. (20) (21)

En el escrito de interposición el interesado o su representante legal deberá expresar: (20) (21)


a)   Órgano al que se dirige y la autoridad competente para resolverlo; (20) (21)
b)   Nombre y generales del recurrente y, en su caso, el nombre y generales de quien lo represente; (20) (21)

c)   El acto contra el que se recurre; (20) (21)

d)   Razones en que fundamenta la impugnación; (20) (21)

e)   Solicitud de apertura a prueba, si fuere necesario; (20) (21)

f)   Lugar y fecha, y (20) (21)

g)   Firma del peticionario, o, en caso de no saber o no poder hacerlo, la huella del pulgar de la mano derecha, y la firma de otra persona, a su ruego. Si se hiciere a través del correo electrónico, puede omitirse este requisito. (20) (21)


Otros tips que les puedo dar es que he investigado y diariamente hay muchos casos de impugnaciones de multas lo cual significa que les vale madre no se van a complicar por cada caso. He oido que son bien chiches de quitar las multas. Lo unico es que si van a dar un par de vueltas por los tramites y si no tienen tiempo sale mejor pagar la multa. En esta unidad estás consientes de que a gente que llega a impugnar la multas son gente normal no abogados por lo que si la redacción de escrito no es muy técnico no se fijan en eso, aunque si se asesoran por un abogado tienen mayores posibilidades.

Espero no haberlos confundido mucho cualquier cosa que no entendieron con gusto se los aclaro y si tienen alguna multa y quieren tratar de quitársela con gusto los asesoro ya sea aquí en este tema o por medio de un mp. El tip más importante es nunca firmen las multas no los pueden obligar si el agente los quiere obligar ustedes diganles que no están obligados por ley a firmarla, solo recuerden eso y a la hora de impugnarla solo asesorence de un buen abogado como yo :azn:

De hecho a un chero le voy a ayudar a quitarse dos multas y este finde le voy a hacer un par de escritos para que los vaya a presentar. Lo que voy a hacer es que voy a postiar aqui los escritos por si alguien los quiere utilizar como modelos (claro tachando info personal de mi chero), lo más seguro es que modifique este post.

Si quieren más info leanse del articulo 116 al 119 de la LTTTS

Respecto a este post no cito fuente porque es un articulo escrito por mi persona, pero si les puedo citar la ley LTTTS

Código: [Seleccionar]
http://www.csj.gob.sv/leyes.nsf/6aca077c074564c986256d480070978a/331fea98cc5bdc6e06256d050061800d?OpenDocument
Primer Edit

El escrito debe ir acompañado con la fotocopia del dui de ambos lados y ademas fotocopia de la tarjeta de circulacion que no este vencida

También debe llevar la esquela en original y fotocopia
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: Caz en marzo 17, 2011, 10:50:07 pm
Gracias viejito ... no cualquiera hace esto asi por asi ... es de respeto y admiracion y digno de seguir!! ... estare pendiente de este post!! ... gracias por educarnos!!  :drinks:
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: Rasta en marzo 18, 2011, 08:33:16 am
Gracias, muy buen aporte, hace poco hablabamos de eso aqui en la comunidad, pero con tu aclaracion no me quedan dudas.
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: ado17 en marzo 18, 2011, 09:38:44 am
Donde esta el botón de:
Gracias
Cuando se necesita...
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: DoggyDog en marzo 18, 2011, 09:48:15 am
Dios me va a castigar por revelarles éste secreto ..... :'C

Pero los quiero mucho, así que aquí va....





Cuando manejen ebrios, y pasen por un retén, y USTEDES SEPAN que NO pasarán la prueba del alcoholimetro....
Cuando les digan "sople aquí"

Ustedes pueden optar por decir "no."

Ya que no es obligación el tomar la prueba del "alcotest".



... SIN EMBARGO, eso le permite al policía, llevarselos a la comisaría más próxima, para que les evaluen...
... una vez en la comisaría más cercana
digan "ahora si quiero el alcotest" cuando ya se les haya bajado.


Les dará negativo por el tiempo que ha pasado.


diganle entonces...

"problem, officer? (http://forums.babblers.co.uk/public/style_emoticons/default/coolface.png)"





MEJOR CONSEJO AÚN:
No manejen ebrios, no sean irresponsables, temerarios, asesinos!!! xC
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: pollo en marzo 18, 2011, 09:54:42 am
Dios me va a castigar por revelarles éste secreto ..... :'C

Pero los quiero mucho, así que aquí va....





Cuando manejen ebrios, y pasen por un retén, y USTEDES SEPAN que NO pasarán la prueba del alcoholimetro....
Cuando les digan "sople aquí"

Ustedes pueden optar por decir "no."

Ya que no es obligación el tomar la prueba del "alcotest".



... SIN EMBARGO, eso le permite al policía, llevarselos a la comisaría más próxima, para que les evaluen...
... una vez en la comisaría más cercana
digan "ahora si quiero el alcotest" cuando ya se les haya bajado.


Les dará negativo por el tiempo que ha pasado.


diganle entonces...

"problem, officer? (http://forums.babblers.co.uk/public/style_emoticons/default/coolface.png)"





MEJOR CONSEJO AÚN:
No manejen ebrios, no sean irresponsables, temerarios, asesinos!!! xC

en efecto doggy dog tenes razon :thumbsup:

te me adelantaste a mi proxima pubicación :drinks: :drinks:
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: gcastellanos en marzo 18, 2011, 10:07:29 am
Gracias por el primer tip, servirá de mucho.  :thumbsup:
Llevo 16 años manejando y nunca me han clavado una multa, pero como siempre hay una primera vez, estos consejos de nuestro amigo Pollinski hay que echarlos a la bolsa, cualquier rato sirven.
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: Jarmandaros en marzo 18, 2011, 10:24:01 am
Asi es como se hace un mejor pais Pollinski :thumbsup: te felicito por no ser del monton, Sii, del monton de aboganster que hay en el pais  :@


Gracias Pollinski de ahora en adelante estaras en my buddy list  :thumbsup:

siempre hay que ayudar cuando se pueda  ohyea:
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: Lugaid en marzo 18, 2011, 11:58:13 am
Dios me va a castigar por revelarles éste secreto ..... :'C

Pero los quiero mucho, así que aquí va....





Cuando manejen ebrios, y pasen por un retén, y USTEDES SEPAN que NO pasarán la prueba del alcoholimetro....
Cuando les digan "sople aquí"

Ustedes pueden optar por decir "no."

Ya que no es obligación el tomar la prueba del "alcotest".



... SIN EMBARGO, eso le permite al policía, llevarselos a la comisaría más próxima, para que les evaluen...
... una vez en la comisaría más cercana
digan "ahora si quiero el alcotest" cuando ya se les haya bajado.


Les dará negativo por el tiempo que ha pasado.


diganle entonces...

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MEJOR CONSEJO AÚN:
No manejen ebrios, no sean irresponsables, temerarios, asesinos!!! xC

tambien podes decirle q te acabas de tomar 1 cerveza y q seguramente te va a dar positivo asi q ellos tiene q esperarse 1 hora para podes hacerte el alcotest
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: ELITE en abril 09, 2011, 02:51:31 pm
tambien podes decirle q te acabas de tomar 1 cerveza y q seguramente te va a dar positivo asi q ellos tiene q esperarse 1 hora para podes hacerte el alcotest

Y ellos tienen obligacion de esperar al bolo ??

O es en el caso de cuando ya estan en la comisaria ??

Ademas si se los llevan a la comisaria ban derecho al bote (celda con marosos) o estan ahi sentaditos en la sala de espera ??

Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: pollocampero en abril 09, 2011, 02:58:48 pm
pero asi como son de ceroti@s los policias aqui si no firmo la multa te meten un garrotaso o asta una bala por enojados .... lo digo porque a un chero le paso y pues lo denuncio.  no_no
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: Caz en abril 09, 2011, 03:05:23 pm
Que cuesta andar como la gente digo yo ... si TOMAN no MANEJEN porlagranputa!!  :@


pero asi como son de ceroti@s los policias aqui si no firmo la multa te meten un garrotaso o asta una bala por enojados .... lo digo porque a un chero le paso y pues lo denuncio.  no_no

osea que lo garrotearon y después le pegaron un balazo ... wooow , yo hubiera tirado a matar XD
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: el_gonver en abril 09, 2011, 03:15:31 pm
En autopista a veces a uno se le va la "pata" lol y cuando sentis ya andas sobre los 100- 120 km/h

mi duda es que en el caso que el oficial te pesque con la "pistolita" y te compruebe la alta velocidad, es posible apelar? osea el oficial tiene prueba. sera que es caso perdido y toca pagar los 57.14 XD
Título: Re: Tips jurídicos prácticos para la vida diaria.
Publicado por: pollo en abril 09, 2011, 03:25:49 pm
En autopista a veces a uno se le va la "pata" lol y cuando sentis ya andas sobre los 100- 120 km/h

mi duda es que en el caso que el oficial te pesque con la "pistolita" y te compruebe la alta velocidad, es posible apelar? osea el oficial tiene prueba. sera que es caso perdido y toca pagar los 57.14 XD

toda multa es impugnable. Claro dependiendo del caso, de las circunstancias, y de como halla llenado la esquela el oficial asi va a ser la probabilidad de exito de que te exoneren de la multa. En el caso que vos decis si llevas a un par de testigos que digan que vos no andabas en exceso de velocidad tenes bastante probabilidad de que te exoneren (pero alli queda a tu consiencia llevar o no llevar testigos mentirosos)

@el gonver si tu miedo es que a la hora de impugnar la multa manden a llamar al policia que te tomo la velocidad para que testifique si era cierto o que brinde algun tipo de registro de cuando te tomaron la velocidad (y que yo sepa no guardan registro de eso) . Es paja no lo hacen, a esa unidad llegan un cachimbo de esquelas para impugnar y tienen que resolver en poco tiempo, no les queda el tiempo de en cada caso pedir mas pruebas ( o por lo menos eso he oido de alguien de primera mano, pero por seguridad te lo voy a averiguar).

Creo que le voy cambiar el nombre al tema, pensandolo bien no es un nombre adecuado por si alguien busca informacion en el buscador

pero asi como son de ceroti@s los policias aqui si no firmo la multa te meten un garrotaso o asta una bala por enojados .... lo digo porque a un chero le paso y pues lo denuncio.  no_no

No se con que tipo de policia se topo tu chero pero nada que ver por lo general no son asi, es una facultad legal que tenes de no firmar y si te pegan sin razon se exponen a que los sancionen.

EDIT

Alli es algo mas etico por asi decir el hecho de apelarla, porque legalmente esta bien puesta la multa que te pusieron gonver, pero aunque este bien puesta siempre tenes la posibilidad de impugnarla
Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: pollo en abril 09, 2011, 03:40:00 pm
Esta semana voy a meter la impugnacion de una multa que me pusieron por no portar cinturon. Y un chero mio va a meter 2, una por cinturon y otra por hablar por telefono.

Hay les cuento mi experiencia por si les interesa  :thumbsup:

Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: salvadoresc en abril 09, 2011, 09:12:19 pm
yo recuerdo haber escuchado que ladichosa pistola para medir la velocidad no es legal y que no es precisa... sabes de ese tema pollinski?
Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: ColaCoca en abril 09, 2011, 09:33:31 pm
 Hey muy buen post! lo seguire de cerca! :drinks, eso de la pistola me paso una vez que venia en la carretera hacia comalapa, la cosa fue que venia algo puyado mas o menos a 120 por ahi y cabal estaba un policia con esa pistola para calcular la velocidad, y me detuvo, bueno la cague me dije pq estaba consciente que iba a un poquito mas de 120 y se me acerca el oficial y me enseña la lectura de la pistola, para mi sorpresa la pistola decia que venia a 98 km/h, lo que hice fue decirle al oficial que no me habia fijado que iba a semejante velocidad, que de ahora en adelante estare mas pendiente de la velocidad, la cosa que me dejo ir sin esquela, pero ahi me di cuenta que esas ondas ni sirven o solo tienen registrado la velocidad de otro carro y para a cualquiera para ver si sacan $....

(http://images1.memegenerator.net/ImageMacro/6584740/problem-officer.jpg?imageSize=Medium&generatorName=Trollface-dot-jpeg)
Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: pollo en abril 10, 2011, 01:11:09 am
yo recuerdo haber escuchado que ladichosa pistola para medir la velocidad no es legal y que no es precisa... sabes de ese tema pollinski?

Vamos por partes:

1) Que si sirven y son precisas: Bueno esa no es mi area de experticia  :phew: :phew: aunque te puedo decir que una vez vi un programa en Mythbusters  :thumbsup: sobre las pistolas que median la velocidad y llegaron a la conclusion de que si son bien precisas. Ahora es probable que las pistolas de los policias locales no sean tan precisas como las gringas pero eso lo desconozco.  :dntknow: :dntknow: O incluso como dice Colacoca que puede que haya registrado la velocidad de otro carro, por eso yo pensaria que las multas por exceso de velocidad tendrian bastante exito al ser impugnadas xq carecen de robustes probatoria.

2) Que si son legales: mira para efectos de multarte pues si es valido y es el parametro que utilizan los cuilios para poner la multa (pue si si no como) , pero no es como que guardan un registro ni nada, otro motivo por el cual pensaria que las multas de transito por exceso de velocidad podrian tener exito al ser impugnadas.

Ahora para efectos de un juicio por ejemplo por que atropellaste a alguien y te quieren comprobar que ibas en exceso de velocidad, a pesar que no tengo experiencia en tribunales penales y no conozco el criterio de los jueces dudo que valoren una prueba de este tipo, es como el alcotest no te lo valoran (de esto ultimo si me acuerdo por mis clases) .

Hey muy buen post! lo seguire de cerca! :drinks

Gracias estamos a la orden  :hi: :hi: tengo protectado desarrollar otro par de temas pero se me ha ido la onda por el tiempo y por estar estudiando ondas de linux  :yahoo:. Un tema que queria desarrollar es un poco sobre el alcohol especialmente xq ya se vienen las vacaciones, aunque doggy dog ya se me adelanto muy acertadamente que ustedes pueden reusarse a hacer el alcotest por si los paran.

Pero no creo que los demas post los desarrolle en este mismo tema si no que en temas separados por una razon practica. Por si alguien busca informacion del tema en el buscado  :thumbsup:

Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: sortux en abril 10, 2011, 12:48:16 pm
Muy buen tema,

mi duda es que tú dices "Nunca firmar las esquelas"; eso es ninguna esquela? o sólo las que uno va a apelar?
Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: pollo en abril 10, 2011, 01:05:43 pm
Muy buen tema,

mi duda es que tú dices "Nunca firmar las esquelas"; eso es ninguna esquela? o sólo las que uno va a apelar?

Si no tenes intencion de impugnarla entonces da igual que la firmes o no la firmes.

Lo que pasa es que si la firmas tenes 5 dias habiles para impugnarla contados a partir del dia siguiente que te la pusieron. Si no la firmas entonces tenes que ir darte por notificado de la multa cuando se te ronca la gana y apartir de ese dia te empieza a contar los 5 dias para impugnar la multa (el mismo dia que te des por notificado podes entregar el escrito impugnando la multa).

Si la multa no la vas a impugnar porque te da hueva hacer el tramite de impugnación, porque no tenes tiempo o por lo quesea da igual que la firmes o no porque siempre te va a aparecer la multa en el sistema y no vas a poder renovar la tarjeta de circulación ni la licencia.

Es por eso es que recomiendo siempre no firmarla, porque así podes evaluar despues si la vas a impugnar o si la vas a pagar.  :thumbsup: (es decir no perdes nada por no firmarla)
Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: Mad Max™ en abril 10, 2011, 07:43:50 pm
la ultima ves que cahi en un reten con mis tragos y  me pidieron que soplara, le dije al cuilio que si estaba en la disposición de soplar, pero que como es una prueba donde me podia auto-inculpar, yo necesitaba que me trajera un juez un fiscal y un abogado defensor (cosa que no van a hacer) para garantizar mis derechos y que no se contamine mi prueba... después de grandes discusiones te dejan ir, lol de todos modos ellos saben que de tanto discutir te paso la vergera y no te pueden hacer nada

haber que dice pollinski en este caso que es lo que debemos hacer...
Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: pollo en abril 10, 2011, 11:09:18 pm
la ultima ves que cahi en un reten con mis tragos y  me pidieron que soplara, le dije al cuilio que si estaba en la disposición de soplar, pero que como es una prueba donde me podia auto-inculpar, yo necesitaba que me trajera un juez un fiscal y un abogado defensor (cosa que no van a hacer) para garantizar mis derechos y que no se contamine mi prueba... después de grandes discusiones te dejan ir, lol de todos modos ellos saben que de tanto discutir te paso la vergera y no te pueden hacer nada

haber que dice pollinski en este caso que es lo que debemos hacer...

ya vi que el tema del alcohol es más interesante que las multas  :roll: . Y ya vi que a Mad Max  le gusta el jarabe igual que a mi  :drinks:

Bueno iba a hacer un tema aparte del alcohol pero nimodo respoderemos aqui.

Va la onda está asi. El alcotes o prueba de Alcolemia no lo valoran muchos jueces principalmente por ese mismo aspecto que mencionas Mad Max, porque es una prueba en la cual te estas autoincrimando (me abstengo mi opinion de si estoy de acuerdo con ese criterio). Es por eso que la mara que detienen por coducción temararia siempre salen libre xq no valoran la prueba de alcolemia, de alli el juez puede pidir un perito a medicina legal para que te haga una prueba toxicologica pero para entonces tu cuerpo ya va haber procesado el alcohol asi que va salir negativa. Por lo cual si los detienen por coducción temeraria siempre van a salir libres  :shock:

Pero eso es a nivel de juicio ahora centremonos en cuando ustedes van manejando para sus casitas y van medio sonados  :aa: :alcoholic:

Si te paran en un reten vos no estas obligado a soplar porque un policia  :police: no es una autoridad judicial, no te puede obligar a que brindes una prueba. Si vos soplas y te sale una cantidad mayor al limite legal, inmediatamente te ponen las heladas, una multa y te llevan a las bartolinas de la división de transito de la pnc (no son las mismas con todos los delicuentes). Lo cual significa que vas a pasar 72 horas enchuchado mas el tiempo que se tarde en dejarte libre el juez de paz. Al final vas a salir libre pero el problema es que si ustedes trabajan esos dias no van a poder ir al trabajo e incluso pueden perder el empleo  x_x (y la agradable experiencia de pasar enchuchado  x_x )

Es por eso que lo mejor que pueden hacer es poner cara de vivos y negarse a soplar, porque si hacen esto es muy probable que al final los dejen ir y solamente les pongan una multa, algo que ayuda es que por el susto el cuerpo segrega adrenalina lo cual ayuda a reaccionar un poco mejor, aunque es paja que el susto te baja la berguera.

Aunque si ustedes van manejando demasiado a talega que ni siquiera pueden caminar bien, la policia siempre tiene la posibilidad de llevarselos enchuchados por 72 horas, soplen o no soplen, pero en mi opinion en esas circunstancias la preocupación mas grave es llegar vivo a la casa. Pero cuando no andan tan ebrios como para verse todos estupidos pero lo suficiente como para que te salga positivo el alcotest alli es de viltal importancia negarse a realizar el alcotest, porque al igual que mad max es muy seguro que los dejen ir. Solamente les aconsejo soplar si ustedes saben que les va a salir bajo el limite legal, es decir si han tomado poco y lo han hecho en un espacio prolongado de tiempo, cuanto es poco va a depender del metabolimo de la persona. Lo que puede ser poco para un bolo como Mad Max o mi persona  :D:  B-) puede ser bastante para otra persona no acostumbrada a beber, el higado de un bebedor segrega en mayor cantidad una enzima que digiere el alcohol que la de alguien que no bebe (este es el famoso aguante).

En fin espero que les haya servido esto, tengan cuidado cipotes con el jarabe, yo se que es delicioso si a mi también me gusta un monton  :drinks:, pero sepan medirse dependiendo de adonde van a ir. Si de regreso saben que van a pasar por una zona de retenes no chupen mucho, si se van a quedar a dormir en otro lado o chupan en su casa alli si revientense con todo  :aa: :aa: :alcoholic:, solo cuidado con buitriar enfrente de la mara  :bad o con la goma al dia siguiente (para eso sirve tomar mucha agua antes de acostarse por la deshidratación).

 INFO EXTRA

Un tip importante es no dejarse intimidar por el  :police: mucha mara terminan soplando por miedo a la presion del policia, lo cual al momento puede ser muy intimidamente, pero ustedes se tienen que poner firme relajense y empiecen a trollear al  :police: como lo hizo mad max

Problem officer  B-) :big_boss:
(http://t2.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcRrRtmGY2feiH9cNKAMUGhZ0uV-fkxPfxsYi--yKN7KYdRU5l-g7Q)


Si tratan de sobornar al polcia es posible que les resulte pero también es posible que les ponga una multa por tratar de sobornarlo.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: Gersiton en abril 10, 2011, 11:22:24 pm
solo como dato, el alcotest no es lo mismo que la alcoholemia. una no tiene valor la otra si  :thumbsup:
el problema es que en la calle nadie te va hacer una alcoholemia y el protocolo de embriaguez no todos lo valoran igual  :phew:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito
Publicado por: pollo en abril 10, 2011, 11:31:43 pm
solo como dato, el alcotest no es lo mismo que la alcoholemia.

Eso no lo sabia  segun yo era lo mismo :phew: :phew: Cual es la diferencia Gersiton ????????


y el protocolo de embriaguez no todos lo valoran igual  :phew:

Se me olvido ese aspecto que es el protocolo de embriaguez, y cabal hasta donde tengo entendido no siempre lo valoran.  Y en todo lo que se los hacen ya se le ha bajado.  :thumbsup:


EDIT

 :offtopic:

Le cambie el nombre al post principal para incluir lo del alcohol. Aunque el nombre quedo algo largo  x_x
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: netss en abril 11, 2011, 12:30:31 am
Hey.. y si andas sin licencia, pero anda con alguien la cual la porta (no le prestas el carro por chucho o por miedo a que el te lo choque) es verdad que le pones un banderin amarillo al espejo y podes circular? alegando que andas de conductor designado?

Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: dpredfire en abril 11, 2011, 12:40:46 am
Hey.. y si andas sin licencia, pero anda con alguien la cual la porta (no le prestas el carro por chucho o por miedo a que el te lo choque) es verdad que le pones un banderin amarillo al espejo y podes circular? alegando que andas de conductor designado?

Según se, el banderín lo pones cuando estas aprendiendo a manejar, para que los juras no se molesten en pedirte la licencia.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: netss en abril 11, 2011, 12:43:15 am
Según se, el banderín lo pones cuando estas aprendiendo a manejar, para que los juras no se molesten en pedirte la licencia.
entonces es posible safarse la multa.. si se te olvido la licencia.. diciendo que no la has sacado y andas conduciendo a las 3 AM porque hay menos gente a esas horas  :phew:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: dpredfire en abril 11, 2011, 12:51:20 am
entonces es posible safarse la multa.. si se te olvido la licencia.. diciendo que no la has sacado y andas conduciendo a las 3 AM porque hay menos gente a esas horas  :phew:

Me imagino que si, pero creo que tiene que andar alguien con vos, aqui hay una parte de la ley de transporte "Para hacer las prácticas de aprendizaje, el aspirante deberá hacerse acompañar de un instructor que posea licencia para conducir del mismo tipo o superior a la que aspira el aprendiz; dicho instructor será responsable del proceso de aprendizaje correspondiente. El vehículo que esté utilizándose para el aprendizaje, deberá ser identificado adecuadamente por medio de un rótulo explicativo o un banderín con la letra "A". " Lo de la A no lo sabia, en las clases que recibí, solo me dieron que un banderin blanco se usaba  :huh:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: netss en abril 11, 2011, 10:23:53 am
me puedes dar el articulo que leiste?

porque no es primera vez que olvido mi licencia  :phew:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en abril 11, 2011, 11:16:21 am
me puedes dar el articulo que leiste?

porque no es primera vez que olvido mi licencia  :phew:

Lo siento netss pero no te podes safar de la multa con ese pretexto:

Cito LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL

Citar
Art. 70.- Toda persona que conduzca vehículos automotores deberá estar autorizada por al Dirección General de Tránsito, lo que comprobará con la licencia de conducir, o en su caso con tarjeta de aprendizaje o permiso temporal, incluyendo en ésta las personas discapacitadas, quienes deberán cumplir con los requerimientos específicos de acuerdo con el reglamento respectivo.


si no portas licencia porque se te olvido te van a poner multa de 11.43  de conformidad al articulo 117 de la misma ley

Citar
No portar licencia de conducir  11.43


No te podes zafar de la multa diciendo que sos aprendiz y todavia no la has sacado (la licencia) porque si sos anprendiz tenes que andar con un instructor autorizado (no tu papá o un amigo) y portar un banderin o distintivo de lo contrario pueden multar al instructor. Si le quien enseñar a manejar alguien aganlo en un parque o zona privada, de lo contrario los pueden joder. EDIT: Me equivoqué no es necesario ser un instructor autorizado pero deben portar el banderin si no lo tienen entonces solamente denle clases a la persona en parques o zonas privadas.

Cito LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL
Citar
Circular sin el banderín y/o dispositivo de aprendizaje. En este caso el responsable es el instructor  11.43


La unica manera de que un aprendiz ande manejando sin instructor es que tenga la tarjeta de aprendiz (la cual no es muy usada) que menciona el articulo 70 al que hace mención la ley. El cual se regula en el articulo 153 del reglamento de transito

Citar
DEL PERMISO DE APRENDIZAJE

Art. 153.- Para obtener el permiso de aprendizaje para conducir, válido por 90 días, el aspirante deberá cumplir con los requisitos siguientes:

1.   Haber cumplido 15 años de edad, momo mínimo, para la Licencia Juvenil y 18 años de edad, para la Licencia Particular o Liviana.

2.   Saber leer y escribir.

3.   Obtener la Tarjeta de Aprendizaje correspondiente.

Si el solicitante fuere menor de edad, sus representantes legales lo acompañarán en los trámites correspondientes y responderán civilmente por los daños que ocasione durante su aprendizaje o, la empresa instructora en su caso, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar.


Asi que no no hay forma de zafarte, si no andas licencia te multan

La unica forma de zafarte es si es una mujer policia cuentiandotela :wub: o si es un policia siendo amable y pedir que te disculple  :phew: . O con alguna dadiva  :phew: (pero es incorrecto y te pueden multa con 57.14 por tratar de sobornar a un policia)


Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en abril 11, 2011, 11:37:00 am
Hey.. y si andas sin licencia, pero anda con alguien la cual la porta (no le prestas el carro por chucho o por miedo a que el te lo choque) es verdad que le pones un banderin amarillo al espejo y podes circular? alegando que andas de conductor designado?

Wops quiero corregir un pequeño error que cometí en mi post anterior si a alguien que no tiene licencia para conducir le quieren enseñar, no hace falta ser un instructor autorizado solo hace falta tener una licencia de conducir  y portar el baderin. Crei haber leido que se necesitaba estar autorizado como instructor pero me equivoqué.

Sin embargo ni aun asi te podrías safar de la multa por dos razones

1) Necesitas andar el banderin
2) Si para bajartelos le pones el banderin por joder, los policias se pueden contactar por radio y consultar al sistema si vos tenes licencia. Y no estoy tan seguro si te pueden hacer algo por pajero  :dntknow: pero no se los recomiendo averiguar por las malas  :fool: :crazy: :hammer: XD
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: ernestoelunico en abril 11, 2011, 12:17:06 pm
haber cuando el compalero lo vemos meter reforma de ley que eso seria mejor aporte, que meta la piezas de correspondencia para impedir que los marosos salgan libres , llenar tanto vacion legal que hay, que a veces solo es cuestion de interpretacion o de forma
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en abril 11, 2011, 12:36:14 pm
uuuuuuuu vacios legales, contradicciones de normas, normas defasadas, normas que nos hacen falta es lo que más hay en nuestro ordenamiento jurídico  :cry: :cry: x_x . Realmente nuestro sistema de leyes es una jungla completa (peor que la que hay aqui en la svc  :haha: ), y la gran mayoria de leyes no te las enseñan en la universidad, yo estoy tratando de estudiar la mayoria, pero son muchas  x_x

En fin la culpa  la tienen los diputados ignorantes que no hacen bien su trabajo (si todos los diputados sin distinción de partido), para aprobar el presupuesto o pendejadas que les conviene allí si lo aprueban rapido y hasta con dispensa de tramites. Pero para aprobar una buena ley de avanzada ay mi dios alli no estamos (aunque han habido algunas excepciones de buenas leyes que han aprobado) .

haber cuando el compalero lo vemos meter reforma de ley que eso seria mejor aporte,

Una vez me embarque en un proyecto que tenia como fin reformar una ley por todos lo errores que tenia, y además queriamos adaptarla a los estandares internacionales. Yo solo ayudé como colaborador. Sabes xq no triunfo el proyecto, pues xq NO logramos el apoyo politico en la asamblea  :sad: x_x :sorry:  :cry: :cry: :cry:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Ronald en abril 11, 2011, 02:10:48 pm
y con el polarizado 5%
algun tip para evitar esa esquela TO32A    :tick:  :@
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: juanca en abril 11, 2011, 02:17:14 pm
y con el polarizado 5%
algun tip para evitar esa esquela TO32A    :tick:  :@

No se si voy a caer mal, pero Pollinski  a hecho este post para quitarse los pijazos legales que yo considero que son puestos injustamente a discrecion del polisonte, sin embargo esto no debe usarse para que uno pueda hacer lo que se le venga en gana sabiendo que hay leyes y que estas se han hecho para seguirlas y cumplirlas. Aunque entiendo que el salvadoreño no es un individio que sigue leyes, lo que hace es no acatarlas, y si las incumplio hace lo imposible por salir campante.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en abril 11, 2011, 06:25:28 pm
y con el polarizado 5%
algun tip para evitar esa esquela TO32A    :tick:  :@

Hey me llega tu avatar  :drinks:

Te voy a decir un tip juridico super maldito para no no te multen por el polarizado.

Ajusta tu poralizado de acuerdo a los parametros legales, ya vas a ver 0 multas por polarizado  :thumbsup:

Te dejo el articulo

Cito Ley de DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL
Citar
Art. 14-A.- Los vehículos automotores podrán estar provistos en sus vidrios de un polarizado instalado, que permita un mínimo del 35% de paso de luz solar. (8)(10)(11)(12)(13)

El parabrisas delantero de los vehículos, podrá además tener una franja de polarización o entintado que no deberá exceder de 15 centímetros de ancho, contados a partir de la parte superior del mismo con una intensidad que podrá ser mayor a la que se hace referencia en el inciso anterior. (10)(11)(12)

El incumplimiento a lo estipulado en el presente artículo, será sujeto de una multa de quinientos colones o su equivalente en dólares. (10)(11)(12)

No se si voy a caer mal, pero Pollinski  a hecho este post para quitarse los pijazos legales que yo considero que son puestos injustamente a discrecion del polisonte, sin embargo esto no debe usarse para que uno pueda hacer lo que se le venga en gana sabiendo que hay leyes y que estas se han hecho para seguirlas y cumplirlas. Aunque entiendo que el salvadoreño no es un individio que sigue leyes, lo que hace es no acatarlas, y si las incumplio hace lo imposible por salir campante.

Gracias Juanca.  :thumbsup:

Aunque el objetivo de este post es informarles sobre circuntancias que les puede ser util. Ahora como reaccionan ustedes o que hacen ya no los juzgo yo eso es de la moral o etica de cada quien. Por ejemplo yo no recomiendo sobornar a policias además que se arriesgan a una multa de 57.14 , pero yo he oido que varia mara lo hace y les resulta. Yo nunca lo he hecho porque no me parece y no quiero que El Salvador se haga como nicaragua que todos los policias son corruptos, pero alla cada quien que haga lo que le dicte su conciencia.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Ronald en julio 14, 2011, 03:30:58 am
yo ocupo otra asesoria  :roll:
ayer me pusieron una esquela por 118 kms ¬¬
me negue a firmar la esquela y el policia Hdp me puso que hizo la prueba de alcotest
me sirve de fundamento a prueba?  xD
o en definitiva esta rip mi caso =(   x_x   no pierdo nada en intentar, pero si considero injusto esa esquela...
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: netss en julio 14, 2011, 09:05:16 am
No se como se llamaria tu caso, pero de que te la pusieron te la pusieron y con el codigo correcto con el nombre

Pero eso de que invento pruebas ta jodido  x_x

A mi me pusieron una multa de 37.14 por cruzarme una linea amarilla, pero tengo mala señalizacion de calle ademas  me pusieron mal el nombre, aun asi estoy resignandome a pagarla porque parece ser que mucha vuelta voy a dar y no va a ser 1 sola vez que voy a ir al VMT por la misma multa..



Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en julio 14, 2011, 09:47:29 am
yo ocupo otra asesoria  :roll:
ayer me pusieron una esquela por 118 kms ¬¬
me negue a firmar la esquela y el policia Hdp me puso que hizo la prueba de alcotest
me sirve de fundamento a prueba?  xD
o en definitiva esta rip mi caso =(   x_x   no pierdo nada en intentar, pero si considero injusto esa esquela...

Creo que no está de mas decir. ¿A que velocidad ibas?

El límite máximo de velocidad en CUALQUIER carretera del país es 90Km/h si ibas a mas de esa velocidad y te pusieron esquela pues vos la podrías apelar con alguna artimaña legal.

Pero si fue justa  o no, depende de a cuanto realmente ibas vos. Si estas consciente de que ibas  a +90 entonces la esquela es justa, si estas consciente de que no ibas a mas del límite permitido entonces la esquela es injusta.

Creo que no es necesario que un juez o abogado te lo explique.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Pattyxoxo en julio 14, 2011, 10:44:56 am
ayer me pusieron una esquela por 118 kms ¬¬

118km/h   x_x

vamos meteoro... a correr al jabali... yo creo que la multa la tenes bien merecida ya que es exceso de velocidad tene cuidado cuando manejes, no solo llevas tu vida en las manos sino la de otros conductores que van en la calle tambien  :thumbsup:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: netss en julio 14, 2011, 03:19:58 pm
hey pollinsky y el polarizado de fabrica con bordes, osea que si se quita jodes el vidrio o creo que no se puede quitar  :p

Pero el polarizado supera el 35%
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en julio 14, 2011, 05:18:28 pm
118km/h   x_x

vamos meteoro... a correr al jabali... yo creo que la multa la tenes bien merecida ya que es exceso de velocidad tene cuidado cuando manejes, no solo llevas tu vida en las manos sino la de otros conductores que van en la calle tambien  :thumbsup:

x100000 PATTY tiene razon

Tenes la multa bien ganada.

Igual podes intentar impugnarla pero nada te asegura que triunfes.

offtopic:

Pues patty tiene toda la razón con lo de manejar rapído pero alli no te juzgo cada quien sabe vea, pero deberias reflexionarlo un poco  :thumbsup:

EDIT:

Eso del alcotest está raro la verdad  :dumb:

Si te puso la multa por exceso de velocidad no se que tiene que ver eso. Pues nada la verdad, y si hubieras estado ebrio capaz hasta te hubieran llevado a las bartolinas de transito.

hey pollinsky y el polarizado de fabrica con bordes, osea que si se quita jodes el vidrio o creo que no se puede quitar  :p

Pero el polarizado supera el 35%

Mmmmm no se que decirte pues, osea.

De poralizados no soy experto no se de eso de poralizados originales y si se pueden o no pueden quitar. Sin embargo corres el riesgo de una multa. Aunque mirá los policias no andan tan ojo al cristo con eso del poralizado, siempre que no sea demasiado oscuro, pero si te toca un policia clavado pues te puede tocar multa  x_x

Solo para cultura general de la gente estos son los requisitos del poralizado

Citar
Art. 14-A.- Los vehículos automotores podrán estar provistos en sus vidrios de un polarizado instalado, que permita un mínimo del 35% de paso de luz solar. (8)(10)(11)(12)(13)

El parabrisas delantero de los vehículos, podrá además tener una franja de polarización o entintado que no deberá exceder de 15 centímetros de ancho, contados a partir de la parte superior del mismo con una intensidad que podrá ser mayor a la que se hace referencia en el inciso anterior. (10)(11)(12)

El incumplimiento a lo estipulado en el presente artículo, será sujeto de una multa de quinientos colones o su equivalente en dólares.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Marmen en julio 14, 2011, 05:39:56 pm
Amigo Pollinsky,

Mi primer nombre es Marco, pero un policía de tránsito en la esquela escribió mi nombre "Marcos" consideras que tengo posibilidades de que la apelación me favorezca.

Saludos  :thumbsup:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: h1mur4 en julio 14, 2011, 05:42:35 pm
señores consideren también el merito que tienen de la esquela, seamos consientes de cuando es una ganada a puros wevos y cuando en verdad es algo injusto.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en julio 14, 2011, 05:51:02 pm
Amigo Pollinsky,

Mi primer nombre es Marco, pero un policía de tránsito en la esquela escribió mi nombre "Marcos" consideras que tengo posibilidades de que la apelación me favorezca.

Saludos  :thumbsup:


Mmmm no creo  :D

Si  se pueden impugnar la multas por errores formales, pero por una letra   :phew:

La verdad no he visto un caso de ese estilo pero cuando te vean el dui, el numero de licencia etc...  Mi instinto juridico me dice que no creo que logres nada por lo menos no por ese motivo.


Ahhhhh y se me olvidaba una cosa. Si te pusieron la multa a la tarjeta de circulación pues nada que ver viejazo, alli si estoy %300 de que no tenes nada que ir a hacer

Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: made012 en julio 14, 2011, 06:06:35 pm
xD yo estoy aprendiendo a manejar ya pronto voy a andar por todas las calles y autopistas
yo no tengo eso de tomar  :drinks:

en esos casos lo mejor q hay q hacer men es no quejarse ni ir a apelar porq la ley esta en tu contra
porq andabas ebrio y siendo asi expones a todos a tu alrededor y podes matar a mas de una persona asi q no creo q te favoresca si vas  :D

son 57.14 por andar corriendo como loco y mas la multa q te hayan puesto por andar ebrio entiendo q
la primera te suspenden 6 meses despues la segunda 1 año tercera 2 años cuarta 4 años quinta definitivamente
y en todos tenes q ir a un curso obligatorio despues de cometida la falta  :rofl:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en julio 14, 2011, 06:17:01 pm
Hey de pura chiripa navegando en google me salio un modelo de impugnación de esquela que no esta mal,  y pues los escritos que hice hace un tiempo mas o menos asi me salieron. Lastima que perdí mis modelos.

Código: [Seleccionar]
http://elsalvadorlex.org/index.php?option=com_kunena&func=view&catid=9&id=5195&Itemid=98
Pues no es por nada pero los casos que me han consultado ya sea aqui o por mp han sido multas bien puestas  :rofl:   :roll:

Pero hay casos que si dan colera y los policias  :police: no se pueden bien la ley y ponen multas injustas.  :tick:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: made012 en julio 14, 2011, 06:56:26 pm
lo q podes hacer es leerte bien un librito q dan en las escuelas de manejo q tiene la ley de transito, reglamento, señalizacion vial etc. sino lo tenes compratelo ahi tiene un monton de reglas y cosas q te pueden ayudar a la hora de analizar y ver q la esquela q te esta poniendo el poli no es la adecuada segun la ley vos se la enseñas y le explicas q no es lo correcto como el lo hace si estas seguro q se esta equivocado el policia si no (no)

si el cae q se ha equivocado y q no esta correcto te deja ir y te evitas ir a apelar con esos tramites q lo mas q hacen es hacer pederte tiempo en fin no solucionas nada porq la ley siempre defiende a los policias porq ellos son la ley y son bien letrados q se saben todas las de la ley

si vos estudias bien la ley ningun policia te va a bajar con una esquela mayor o inadecuada a la q vos hayas cometido o accidente en el q te hayas vuelto involucrado  :thumbsup:
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en julio 14, 2011, 07:34:25 pm
señores consideren también el merito que tienen de la esquela, seamos consientes de cuando es una ganada a puros wevos y cuando en verdad es algo injusto.

x2 una cosa es impugnar una esquela injusta y otra es no querer cumplir la ley.

si vos estudias bien la ley ningun policia te va a bajar con una esquela mayor o inadecuada a la q vos hayas cometido o accidente en el q te hayas vuelto involucrado  :thumbsup:

La ley de transito tiene bien definidas las faltas y su correspondiente esquela. Si ustedes cumplen con el reglamento a cabalidad ningún policía les debería de poner una esquela injusta (a menos que quiera mordida).

Les cuento una anécdota de un amigo abogado. Dice que el anda un extintor de esos chiquitos (de $5), la cosa es que lo pararon en un retén y un policía (que quería mordida) le alegó que esos extintores no eran los "oficiales". Mi amigo que se sabe bien la ley le dijo que le dijera en que artículo del reglamento de transito se especificaban las características de los extintores (no existe ese apartado).

Obviamente como no existía y el policía insistía en poner la multa mi amigo le dijo. Bueno, pongame la multa pero permitame tomarle una foto a la esquela junto al extintor y su identificación.

El policía como sabía que la multa que quería poner iba a ser impugnada fácilmente lo dejo ir. Todo porque el conocía bien el reglamento de transito.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en julio 14, 2011, 08:37:56 pm

La ley de transito tiene bien definidas las faltas y su correspondiente esquela. Si ustedes cumplen con el reglamento a cabalidad ningún policía les debería de poner una esquela injusta (a menos que quiera mordida).


Aqui estan los links de la ley y su respectivo reglamento. Les puede ser util a todos los conductores. No es necesario que inviertan en comprar nungun librito, solo imprimanla y andenla en el carro.

Ley

Código: [Seleccionar]
http://www.csj.gob.sv/leyes.nsf/6aca077c074564c986256d480070978a/331fea98cc5bdc6e06256d050061800d?OpenDocument
Reglamento

Código: [Seleccionar]
http://www.csj.gob.sv/leyes.nsf/0/644ccb3db8c091230625644f0067f976?OpenDocument&Click=
Si hay casos de multas injustas, de policias turbios, corruptos o ignorantes, pero generalmente son la minoria  :thumbsup:

Y pues lo que dice mxgxm es cierto.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Rodolfo_Pc en julio 14, 2011, 09:19:37 pm
Pues este tema me interesa bastante xq trabajo en una agencia aduanera y tenemos clientes q todos le urge, bueno en aduanas todo urge pero lastimosamente ando mucho en carretera y tengo varias multas, en realidad son 298$ de multas, ni yo sabia q debia tanto hasta q me meti a la pagina puse los numero de mi tarjeta y el susto, y todas son por exceso de velocidad y 1 por alcolico  :D pero bueno mi consulta esq un amigo me dijo q afuera al ministerio de transporte hay abogados afuera o algo asi, q te cobran como 15-20$ y ellos hacen todo el tramite, q el lo hizo y tenia 10 multas de exceso de velocidad y se la kito todas asi que no se q tan cierto sea xq 1 firme y la de alcohol tambien pero las demas nunca las firmo, ya q son 5 años con esta licencia y ya me tocara renovarla.
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en julio 14, 2011, 09:35:00 pm
Solo una pequeña aclaracion quiero hacer. Dentro de todos los consejos que he redactado todo lo he hecho dentro del marco de lo legal. La verdad es que incluso las multas justas son faciles quitarselas pero con medios ilegales y anti eticos.

Por lo menos no voy a recomendar yo cosas publicamente en el foro, pero si se de  mañas con las que te quitas casi todas las multas.

Yo le he quitado a un amigo dos multas que a mi parecer ambas estaban incorrectas. Les cuento brevente los casos: 1) Le pusieron multa por hablar con celular a pesar que se habia parado y puesto las intermitentes 2) Multa por no andar cinturon cuando iba saliendo de su negocio a la orilla de la calle cuando ni siquiera apenas se iba incorporando.

Pero si hay abogados poco escrupolosos en las calles que con gusto les van a quitar cualquier multa, usando medios ilegales y antieticos, cualquie cosa como dice Rodolfo_PC pueden buscarlos a las afueras del viceministerio de transporte.


Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: losoderrop en julio 14, 2011, 09:40:40 pm
yo soy nuevo en esto de las multas porque desde hace poco tengo carro...

pero hace unos meses me pusieron una de parquearme en eje principal creo que era la cosa q son los $57, yo no estaba en el momento que pusieron la esquela asi que me dejaron los papeles en el parabrisas, pero me dejaron dos el que dice "Infractor" y otro que dice "Direccion general de tesoreria" (creo que asi dice) la cosa que me dejaron los DOS papeles y al momento de consultar en la pagina de sertracen las multas no me aparece ninguna... en este caso siempre la tengo que pagar??  :-/ ando bien perdido...
Título: Re: Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en julio 15, 2011, 07:52:26 am
yo soy nuevo en esto de las multas porque desde hace poco tengo carro...

pero hace unos meses me pusieron una de parquearme en eje principal creo que era la cosa q son los $57, yo no estaba en el momento que pusieron la esquela asi que me dejaron los papeles en el parabrisas, pero me dejaron dos el que dice "Infractor" y otro que dice "Direccion general de tesoreria" (creo que asi dice) la cosa que me dejaron los DOS papeles y al momento de consultar en la pagina de sertracen las multas no me aparece ninguna... en este caso siempre la tengo que pagar??  :-/ ando bien perdido...

Lo que pasa es que tardan un par de días en llevar las multas a sertracen (a veces nunca las llevan).

Ahí tenes dos opciones: estar consultando a sertracen hasta que te aparesca la multa e irla a pagar. O tal vez tenes suerte y nunca la llevan (pasa mas seguido de lo que puedan pensar). Sin embargo ahí dependerá de tu conciencia si realmente la multa era justificada o no.

La otra opción  es que aunque no la hayan llevado si vos tenes tu copia, al momento que llegues a sertracen con tu esquela te la van a cargar y la vas a pagar ahí mismo.

A mi me pasó una vez similar que a vos solo que a mi me decomisaron las placas. Lo triste fué que la chamaca que me puso la multa no la escribió bien y no la podía pagar porque no se distinguía el código de la esquela. Tuve que esperar (casi una semana) a que fueran a dejar la original a sertracen para poderla pagar y recuperar mis placas.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: gio440 en octubre 15, 2012, 08:02:56 am
hola amigo donde esta el escrito sabes hoy me pusieron una por no andar licencia y de $57.14 cuando deberia ser de $11.43

giorrivera@aim.com ese es mi mail gracias y super buen aporte.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Non Servium en noviembre 25, 2012, 06:41:19 pm
Hola, quisiera revivir el tema por no hacer otro post. En este momento necesito asesoría del gran Pollinsky, pues ahora fuí multado, no por exceso de velocidad ni manejar ebrio, sino xq estaba  :embarassed: jeje topando en un parque dentro del carro  :embarassed:  :yao_ming: fueron unos agentes del CAM y entoncs la verdad la multa según está escrita dice textualmente:
"Art. 32 - Ofrecimiento de servicios sexuales y hostigamiento sexual en espacio público". Necesito saber si es evadible? Pues he seguido tu primer paso: "No firmar"  :thumbsup:
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en noviembre 25, 2012, 07:04:17 pm
Hola, quisiera revivir el tema por no hacer otro post. En este momento necesito asesoría del gran Pollinsky, pues ahora fuí multado, no por exceso de velocidad ni manejar ebrio, sino xq estaba  :embarassed: jeje topando en un parque dentro del carro  :embarassed:  :yao_ming: fueron unos agentes del CAM y entoncs la verdad la multa según está escrita dice textualmente:
"Art. 32 - Ofrecimiento de servicios sexuales y hostigamiento sexual en espacio público". Necesito saber si es evadible? Pues he seguido tu primer paso: "No firmar"  :thumbsup:

Pero esa no es una multa de transito, para ser sincero allí si desconozco de ese tipo de procedimientos.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: salvadoresc en noviembre 25, 2012, 07:09:03 pm
por ahi anda un tema de moteles que te podria ayudar a evitar mas multas de ese tipo XD
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en noviembre 25, 2012, 08:20:18 pm
Pero esa no es una multa de transito, para ser sincero allí si desconozco de ese tipo de procedimientos.

Tengo entendido que mientras no viva en San Salvador o necesite hacer un tramite en la alcaldía de ese municipio no hay mayor problema xD
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Mad Max™ en noviembre 25, 2012, 08:29:46 pm
Tengo entendido que mientras no viva en San Salvador o necesite hacer un tramite en la alcaldía de ese municipio no hay mayor problema xD

por el otro lado tambien que esa multa es barata, quiero creer que son 100 colones o su equivalente en dolares y inpugnar eso no vale la pena, ademas si de verdad fue en fragante para que armar pleito, pagalo y se acaba todo y para la proxima visita un motel
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Non Servium en noviembre 26, 2012, 08:55:39 am
Pero esa no es una multa de transito, para ser sincero allí si desconozco de ese tipo de procedimientos.
A pues ni modo. Pero creo que se parece en algo

Tengo entendido que mientras no viva en San Salvador o necesite hacer un tramite en la alcaldía de ese municipio no hay mayor problema xD
xD bueno, pero si necesitaría de esa alcaldía algún día, tendría q pagarlo mejor :\

por el otro lado tambien que esa multa es barata, quiero creer que son 100 colones o su equivalente en dolares y inpugnar eso no vale la pena, ademas si de verdad fue en fragante para que armar pleito, pagalo y se acaba todo y para la proxima visita un motel
jeje Gracias, tenes razón, creo q no es comparable con una de tránsito con respecto al valor de la infracción que ni quise preguntar! Lo del motel no te lo paso xq no hay q exagerar lo q hacia haha
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en noviembre 26, 2012, 09:03:04 am
A pues ni modo. Pero creo que se parece en algo


No no se parece en nada solo porque dice "multa". Todas las multas son diferentes y tienen procedimientos diferentes de impugnación de acuerdo a la ley que la rige.

Revisá la ley en base a la cual te han puesto dicha multa y chequea el procedimiento de impugación que tiene y ante quien se impugna. Si no está puesto por una ley si no que por una ordenanza por allí empeza porque las multas solo pueden estar establecidas mediante ley.

En tu comentario me mencionas el art. 32 pero 32 de que??

SI no es mucho el monto no valdria la pena impugnarla.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: salvadoresc en noviembre 26, 2012, 09:06:09 am
Lo del motel no te lo paso xq no hay q exagerar lo q hacia haha
y entonces estabas o no dandote a la bicha? por que segun la multa que te pusieron asi parece... por lo tanto amerita enmotelarse, y sino te la dabas pues que esperas XD
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Non Servium en noviembre 26, 2012, 09:31:10 am
y entonces estabas o no dandote a la bicha? por que segun la multa que te pusieron asi parece... por lo tanto amerita enmotelarse, y sino te la dabas pues que esperas XD
Noooo jajaja no me creo capaz de tener relaciones sexuales en lugares públicos ni tampoco ir a un motel o algo parecido :s por eso te digo, teníamos ropa  y todo parecía normal  :embarassed: puesí xq varias parejas así estaban también  :tick:

En tu comentario me mencionas el art. 32 pero 32 de que??

SI no es mucho el monto no valdria la pena impugnarla.
Pues se llama
Ordenanza para la convivencia ciudadana del municipio de San Salvador

y me dí cuenta que mi multa está entre $51 y $900  :-/ estoy muerto  x_x

Aquí (http://www.sansalvador.gob.sv/pages/sgc/sindicatura/ORD_CONVIVENCIA_CIUDADANA.pdf) está el documento

Encontré un enlace de elsalvador.com (http://www.elsalvador.com/mwedh/nota/nota_completa.asp?idCat=47673&idArt=6794984) que hablan de que entra en vigencia.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en noviembre 26, 2012, 10:06:15 am

Pues se llama
Ordenanza para la convivencia ciudadana del municipio de San Salvador

y me dí cuenta que mi multa está entre $51 y $900  :-/ estoy muerto  x_x

Aquí (http://www.sansalvador.gob.sv/pages/sgc/sindicatura/ORD_CONVIVENCIA_CIUDADANA.pdf) está el documento

Encontré un enlace de elsalvador.com (http://www.elsalvador.com/mwedh/nota/nota_completa.asp?idCat=47673&idArt=6794984) que hablan de que entra en vigencia.


Las ordenanzas de san salvador se pueden descargar de la pagina de la alcaldía de san salvador

Código: [Seleccionar]
http://www.amss.gob.sv/pages/consulta_ordenanzas.php
Código: [Seleccionar]
http://www.amss.gob.sv/pages/sgc/sindicatura/ORD_CONVIVENCIA_CIUDADANA.pdf
Una multa impuesta por ordenanza exclusivamente es inconstitucional, pero en este caso la ordenanza se ampara en una ley que es la ley LEY MARCO PARA LA CONVIVENCIA CIUDADANA Y CONTRAVENCIONES ADMINISTRATIVAS. En dicha ley se encuentra todo el procedimiento de impugnación, la cual te la podes bajar de la pagina de la Asamblea es mas en el art 48 de dicha ley se encuentra establecida esa misma infracción.

Código: [Seleccionar]
http://www.asamblea.gob.sv/eparlamento/indice-legislativo/buscador-de-documentos-legislativos/ley-marco-para-la-convivencia-ciudadana-y-contravenciones-administrativas
Chequeala y pegale un vistaso a dicha ley.

Respecto del monto de multa que está entre $51 y $900 ese  es el rango de montos que te admite poner pero tu multa debe tener un monto especifico dentro de esos rangos. Para ser sincero no encontré el articulo que te da esos monto que tu decis pero es que no pude chequear la ley y la ordenanza detenidamente porque estoy en el trabajo y tengo varias cosas que hacer.

Respecto a tu multa especifica estaba leyendo el articulo y este  mas que todo es por ofrecimientos sexuales, desnudos y o tras cosas por allí. Pero si solo te estabas topando a tu novia/amante lo que sea, para mi exageraron. Por allí podrias empezar si te animas a impugnarla.

Suerte si te animas a impugnarla si no es mucho el monto mejor la pagas. Como te dijo mxgwwehji el mayor problema de no pagarla o impugnarla es cuando queras hacer algun tramite.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Non Servium en noviembre 26, 2012, 10:35:07 am
Gracias Pollinsky por pasarme esos links. Los voy a ver detenidamente en mi casa pues también tengo trabajo :\ y la verdad creo q $50 (que sería el mínimo) no es tan poquito pisto que se diga. Por lo menos a mi me cuesta y evaluaría qué tanta vuelta se da para apelar esta multa. Después les cuento como me fue  :thumbsup:
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: salvadoresc en noviembre 26, 2012, 11:46:59 am
por esa ordenanza a mi me estan hostigando ya que tengo un carro en estado de "cumbo" sin motor ni llantas ni suspension xDDD en la colonia y ya llegaron los del cam aparentemente aun no me han multado pero me estan exigiendo que lo mueva =/
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: yelnats en septiembre 14, 2015, 08:01:49 am
Buen dia.

Estimados, tengo una consulta con respecto al post.

que sucede si en la esquela no aparece cheque en la opcion ONI si no en la opcion que dice BA y se tiene que presentar el ONI del oficial que impuso la esquela.


por su ayuda muchas gracias
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: nameless en septiembre 14, 2015, 09:17:56 am
por esa ordenanza a mi me estan hostigando ya que tengo un carro en estado de "cumbo" sin motor ni llantas ni suspension xDDD en la colonia y ya llegaron los del cam aparentemente aun no me han multado pero me estan exigiendo que lo mueva =/

Por este tipo de cosas deberían de enchucharlos un rato , maña mas 0ta que tienen de ocupar espacio con cumbos.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Sylar en septiembre 14, 2015, 03:34:22 pm
Buenas... Mi consulta al que sabe es la siguiente

Hace ya varios días (más de 5 días hábiles) me impusieron una multa por “exceso de velocidad”, cosa que iba a 90 - 95 km/h en un lugar donde se limite 90 km/h. La cuestión es que en ese momento me iba sobre pasando otro vehículo y el si iba arriba de 100 km/h debido a que rápido me dejo atrás a pesar de ver los policías con las pistolas, entonces El oficial me detuvo, pidió los documentos de transito se los di o me dio que me impondría una multa de $57.14 por ir arriba de lo permitido y le consulte que si iba arriba de lo permitido porque en ese caso no detuvo al otro vehículo que me iba sobre pasando… Al final me puso la multa y quería saber si hay manera para poder impugnar la esquela, me negué a firmar la multa
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Ronald en septiembre 14, 2015, 03:53:44 pm
Buenas... Mi consulta al que sabe es la siguiente

Hace ya varios días (más de 5 días hábiles) me impusieron una multa por “exceso de velocidad”, cosa que iba a 90 - 95 km/h en un lugar donde se limite 90 km/h. La cuestión es que en ese momento me iba sobre pasando otro vehículo y el si iba arriba de 100 km/h debido a que rápido me dejo atrás a pesar de ver los policías con las pistolas, entonces El oficial me detuvo, pidió los documentos de transito se los di o me dio que me impondría una multa de $57.14 por ir arriba de lo permitido y le consulte que si iba arriba de lo permitido porque en ese caso no detuvo al otro vehículo que me iba sobre pasando… Al final me puso la multa y quería saber si hay manera para poder impugnar la esquela, me negué a firmar la multa

Ni modo a pagar esa multa $$$ , yo intente impugnar esa Multa, y rechazaron mi justificación ja ja ja
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en septiembre 14, 2015, 04:08:24 pm
Ni modo a pagar esa multa $$$ , yo intente impugnar esa Multa, y rechazaron mi justificación ja ja ja

El problema es que el iba arriba del límite máximo permitido en carretera de 90Km/h. Esa es mentira que te van a agarrar una impugnación porque vos como conductor deberías de conocer que aun cuando no hubiera señalización en carretera primaria eso es lo que aparece como máximo permitido en el reglamento.

He sabido de algunos que la han logrado impugnar por ejemplo cuando les ponen multa por exceso de velocidad por ir a 80Km/h en zona de 70Km/h pero la señalización está obstruida o dañada, de tal manera que el conductor no tiene forma de conocer que para ese tramo en particular el límite es menor al del reglamento. Pero pues son casos muy raros.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en septiembre 15, 2015, 10:26:14 pm
Buenas... Mi consulta al que sabe es la siguiente

Hace ya varios días (más de 5 días hábiles) me impusieron una multa por “exceso de velocidad”, cosa que iba a 90 - 95 km/h en un lugar donde se limite 90 km/h. La cuestión es que en ese momento me iba sobre pasando otro vehículo y el si iba arriba de 100 km/h debido a que rápido me dejo atrás a pesar de ver los policías con las pistolas, entonces El oficial me detuvo, pidió los documentos de transito se los di o me dio que me impondría una multa de $57.14 por ir arriba de lo permitido y le consulte que si iba arriba de lo permitido porque en ese caso no detuvo al otro vehículo que me iba sobre pasando… Al final me puso la multa y quería saber si hay manera para poder impugnar la esquela, me negué a firmar la multa

Al leer y entender lo que Sylar escribió....

comparto en parte lo que mxgxw dice, no creo que podas impugnarla, a mi me paso exactamente lo mismo, y la misma pregunta hice, y les valió verg@ el reclamo, supongo que es más fácil y comodo para los policias, detener al que va en el carril derecho que al otro aunque vaya a mas de 120km/h.

Por cierto coincidencia o no, esto me paso hace un año y le reclame al oficial, que en la autopista a comalapa no hay letreros de velocidad (y lo reclame también en tránsito), en el momento el oficial me explico, que si no hay letreros la máxima es de 90K/h

Unos meses después veo que colocan varios letreros de 60 km/h máx.  :wacko: , no sé qué métodos usan para poner esos límites que a mi juicio es muy poco para una autopista, 90 es algo aceptable, pero 60  no_no, además no hay rótulos que indiquen el fin de esa velocidad entonces qué? 60 es el máximo en toda la carretera?

Otro letrero que no le encuentro sentido es por San Marcos, en una calle de 3 carriles ver un letrero de "NO ADELANTAR"  :yao_ming:
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: kanku en septiembre 15, 2015, 11:25:11 pm
Si te ponen una multa por manejar en estado de ebriedad o hablando por teléfono,  con qué cara moralmente llegarías a 'reclamar' para que te la quiten? Por eso estamos tan hechos caca

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Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Sylar en septiembre 15, 2015, 11:43:23 pm
Ok... bueno ni modo a preparar para pagar la multa asi evitar tanta vuelt y que al final posiblemente no se pueda impugnar la esquela
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: nameless en septiembre 16, 2015, 08:50:06 am
Pregunta este compadre si le pueden ayudar con una impugnación.

http://www.lapagina.com.sv/nacionales/110183/2015/09/15/Detienen-a-conductor-con-526-grados-de-alcohol-en-redondel-Masferrer (http://www.lapagina.com.sv/nacionales/110183/2015/09/15/Detienen-a-conductor-con-526-grados-de-alcohol-en-redondel-Masferrer)
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: salvadoresc en septiembre 16, 2015, 09:01:12 am
Por este tipo de cosas deberían de enchucharlos un rato , maña mas 0ta que tienen de ocupar espacio con cumbos.
si tenes problemas de ese tipo para eso existe la ordenanza :v denuncia y ellos toman acciones, yo para evitar problemas termine partiendo el carro antes de que se pusiera peor la cosa.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en septiembre 16, 2015, 09:04:29 am
Al leer y entender lo que Sylar escribió....

comparto en parte lo que mxgxw dice, no creo que podas impugnarla, a mi me paso exactamente lo mismo, y la misma pregunta hice, y les valió verg@ el reclamo, supongo que es más fácil y comodo para los policias, detener al que va en el carril derecho que al otro aunque vaya a mas de 120km/h.

Por cierto coincidencia o no, esto me paso hace un año y le reclame al oficial, que en la autopista a comalapa no hay letreros de velocidad (y lo reclame también en tránsito), en el momento el oficial me explico, que si no hay letreros la máxima es de 90K/h

Unos meses después veo que colocan varios letreros de 60 km/h máx.  :wacko: , no sé qué métodos usan para poner esos límites que a mi juicio es muy poco para una autopista, 90 es algo aceptable, pero 60  no_no, además no hay rótulos que indiquen el fin de esa velocidad entonces qué? 60 es el máximo en toda la carretera?

Otro letrero que no le encuentro sentido es por San Marcos, en una calle de 3 carriles ver un letrero de "NO ADELANTAR"  :yao_ming:


Lo que sucede es que dentro de las zonas urbanas el límite máximo permitido es de 60Km/h, es ilógico que pongan ese límite en una autopista (sobre todoe l tramo de san salvador-san marcos). PEro ahí es regada del VMT porque por seguir al pie de la letra el reglamento han puesto un límite contradictorio, pero ellos realmente pueden regular otra velocidad más adecuada ya que tienen la atribución legal para hacerlo.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en septiembre 16, 2015, 01:57:43 pm
si tenes problemas de ese tipo para eso existe la ordenanza :v denuncia y ellos toman acciones, yo para evitar problemas termine partiendo el carro antes de que se pusiera peor la cosa.

Y si los que dejan esos peroles son los de la PNC  :yao_ming:


Cerca de las delegaciones es comun ver eso  :x
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Zantetsuken en diciembre 29, 2015, 06:15:10 pm
Hoy me pusieron una multa por ir a 100km/hr,

Lo que pasa es que si firme la multa porque en realidad si una a más de 100, pero el policía me dijo "firme aquí..." y en efecto así lo hice, pero al llegar a mi casa y fijarme bien, el espacio donde me dijo que firmara es donde dice FIRMA Y SELLO DE ENTIDAD COLECTORA


Entonces aún así es válida y podría impugnarla o de plano mejor la pago, son $57.14 y me toca sacar la tarjeta de circulación del carro este mes de enero que se viene.

Precisamente fue en el tramo viniendo al aeropuerto, antes de llegar a Olocuilta, y si me dijeron los mismos policías que el límite más atrás dice 60 Km/hr.

Lo cual me parece muy poco para ser carretera.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: ernesto84 en diciembre 29, 2015, 06:34:02 pm
Hoy me pusieron una multa por ir a 100km/hr,

Lo que pasa es que si firme la multa porque en realidad si una a más de 100, pero el policía me dijo "firme aquí..." y en efecto así lo hice, pero al llegar a mi casa y fijarme bien, el espacio donde me dijo que firmara es donde dice FIRMA Y SELLO DE ENTIDAD COLECTORA


Entonces aún así es válida y podría impugnarla o de plano mejor la pago, son $57.14 y me toca sacar la tarjeta de circulación del carro este mes de enero que se viene.
Que pregunta más estúpida

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Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Zantetsuken en diciembre 29, 2015, 06:36:56 pm
Que pregunta más estúpida

Enviado desde mi SGH-M919 mediante Tapatalk



Creo que es válido que pregunte, si es mi primera esquela, pero si te parece estúpida, pues no aporta en nada tu respuesta,


POLLINSKY por favor, la duda también va por el lado de que han colocado un límite de 60 Km/hr en esa.carretera
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: ernesto84 en diciembre 29, 2015, 06:41:11 pm
Creo que es válido que pregunte, si es mi primera esquela, pero si te parece estúpida, pues no aporta en nada tu respuesta,


POLLINSKY por favor, la duda también va por el lado de que han colocado un límite de 60 Km/hr en esa.carretera
Sabes por qué es estúpida por que tu sabiendo  que el que cometió  una infracción  fuiste tu de querer aprovechar de algo irrelevante por pensamientos  así es por que estamos como estamos

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Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Zantetsuken en diciembre 29, 2015, 07:45:39 pm
Sabes por qué es estúpida por que tu sabiendo  que el que cometió  una infracción  fuiste tu de querer aprovechar de algo irrelevante por pensamientos  así es por que estamos como estamos

Enviado desde mi SGH-M919 mediante Tapatalk



Pero es diferente dar un argumento como este que es más útil

El anterior se limitaba solo anterior que la pregunta era estúpida y nada más.


En este si das otro argumento.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: ernesto84 en diciembre 29, 2015, 07:48:21 pm
Pero es diferente dar un argumento como este
No pues claro  aceptar que ibas por sobre el límite establecido  y querer evitar la infracción sólo por que una firma esta donde no debe de estar es de inteligentes y de gente respetable. Dale  con todo  bonito ejemplo para tus hijos su los tenes

Enviado desde mi SGH-M919 mediante Tapatalk

Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: poche12 en diciembre 29, 2015, 08:09:06 pm
Sin animos de querer sonar turbia, le doy la razon a ernesto84 (sin ser groseros claro) pero si metiste la pata resignate a pagar la multa, porque si te agarraron con exceso de velocidad y no hay donde perderse entonces paga, sean maduros y respeten las leyes de transito... o si te atrasas en pagar una cuota del banco, tarjeta o deuda cualquiera porque simple u sencillamente te dio weba ir a pagar, irias a pelear para que no te cobren mora? Creo que el post originalmente es para ayudar a los comunos cuando los policias se pasan de bayuncos y te quieren joder hasta por como respiras, no lo uses como excusa por ahorrarte unas bolas que por andar rapido te van a quitar

enviado desde.... vale ver.. no importa

Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en diciembre 29, 2015, 09:46:26 pm
Sin animos de querer sonar turbia, le doy la razon a ernesto84 (sin ser groseros claro) pero si metiste la pata resignate a pagar la multa, porque si te agarraron con exceso de velocidad y no hay donde perderse entonces paga, sean maduros y respeten las leyes de transito...

De acuerdo en que tiene que pagar, lo p3nd3j0 es que pongan 60km/h en una autopista !!!  :wacko:
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: poche12 en diciembre 29, 2015, 09:52:31 pm
De acuerdo en que tiene que pagar, lo p3nd3j0 es que pongan 60km/h en una autopista !!!  :wacko:
Es p3nd3j0 pero si awebo habia señal de que ese era el limite entonces si habemus multa

enviado desde.... vale ver.. no importa

Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en diciembre 29, 2015, 09:59:11 pm
Es p3nd3j0 pero si awebo habia señal de que ese era el limite entonces si habemus multa

Es que ese es el punto, las acaban de poner (tienen menos de 8 meses), por toda la carretera hay señales nuevas de 60km, yo viajo por ahí muy seguido y es una reverenda put@d@ al que se le ocurrió eso.

Solo falta que pongan velocidad máxima en ciudad 10km/h.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: poche12 en diciembre 29, 2015, 10:01:20 pm
Es que ese es el punto, las acaban de poner (tienen menos de 8 meses), por toda la carretera hay señales nuevas de 60km, yo viajo por ahí muy seguido y es una reverenda put@d@ al que se le ocurrió eso.

Solo falta que pongan velocidad máxima en ciudad 10km/h.
Volvemos a lo mismo  que es ilogico ir tan lento, pero si ahi estaba la señal no hay para donde, no importa que tan nueva sea

enviado desde.... vale ver.. no importa

Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en diciembre 29, 2015, 10:02:37 pm
Volvemos a lo mismo  que es ilogico ir tan lento, pero si ahi estaba la señal no hay para donde, no importa que tan nueva sea

Decime, en que parte dije que NO pagara? como que estas discutiendo otro punto.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: poche12 en diciembre 29, 2015, 10:08:25 pm
Decime, en que parte dije que NO pagara? como que estas discutiendo otro punto.
Desde elnmomento que cuestionas que por que han puesto 60 km/h como limite de velocidad... porque dejandose de cosas si se pudiera impunar una multa porque aunque es legal suena pendeja entonces todos impugnarian... ah si y esto es un foro donde cualquiera opina asi que le podes ir bajando a tus animos con tus respuestas, digo pues ni que fuera amenaza contra vos

enviado desde.... vale ver.. no importa

Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en diciembre 29, 2015, 10:17:45 pm
Desde elnmomento que cuestionas que por que han puesto 60 km/h como limite de velocidad... porque dejandose de cosas si se pudiera impunar una multa porque aunque es legal suena pendeja entonces todos impugnarian... ah si y esto es un foro donde cualquiera opina asi que le podes ir bajando a tus animos con tus respuestas, digo pues ni que fuera amenaza contra vos

Siguiendo tu lógica, debo entonces aceptar la ley aunque sea una pendejada  :roll:, si me quejo entonces estoy a favor de impugnar  :roll:

Yo estoy de acuerdo que topen a los bolos que manejan, que topen al que corre especialmente si lo hace con un montón de carros a su alrededor, me gusta correr pero lo evito y si lo hago es en raras ocasiones que he visto sola la carretera y aun así estoy consciente que no es correcto.

Bajare mi tono cuando la gente haga las cosas con al menos un mínimo de sentido común

Y ya no voy a seguir discutiendo sobre esto, que es una pendejada ese limite en carretera, ES UNA PENDEJADA, le moleste a quien le moleste.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Neon08 en diciembre 30, 2015, 08:51:20 am
Hoy me pusieron una multa por ir a 100km/hr,

Lo que pasa es que si firme la multa porque en realidad si una a más de 100, pero el policía me dijo "firme aquí..." y en efecto así lo hice, pero al llegar a mi casa y fijarme bien, el espacio donde me dijo que firmara es donde dice FIRMA Y SELLO DE ENTIDAD COLECTORA


Entonces aún así es válida y podría impugnarla o de plano mejor la pago, son $57.14 y me toca sacar la tarjeta de circulación del carro este mes de enero que se viene.

Precisamente fue en el tramo viniendo al aeropuerto, antes de llegar a Olocuilta, y si me dijeron los mismos policías que el límite más atrás dice 60 Km/hr.

Lo cual me parece muy poco para ser carretera.
Te dare mi opinion (partiendo de tu post principal y ya que por alli se genero una riña)

1. No la impugnes pues ellos se quedan con la otra parte o copia de la multa, por lo tanto la registran y quierase o no aunq este malo donde va la firma y sello seguramente si consultas en sertracen ya te aparece.

2. Aunque parezca tonto el limite de velocidad (y ya he visto que por esa zona siempre se ponen los de transito aprovechandose un poco de ello) pero igual ibas sobre el limite maximo de velocidad en carretera (que es 90km/h) por tanto aunque hayas tenido el limite de carretera ibas sobre de ese.

3. He de imaginar que esta ese limite por la zona "turistica" del pupusodromo, por tanto ha de ser mas peatonal y de desemboque (me imagino yo)

Espero te sirva mi pequeño parrafo :)

Saludos
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en diciembre 30, 2015, 09:56:26 am
Es que ese es el punto, las acaban de poner (tienen menos de 8 meses), por toda la carretera hay señales nuevas de 60km, yo viajo por ahí muy seguido y es una reverenda put@d@ al que se le ocurrió eso.

Solo falta que pongan velocidad máxima en ciudad 10km/h.


Man, lo del límite de 60Km/h en el aeropuerto no es nuevo, dejen de mentir. Eso es así desde el 2003

http://archivo.elsalvador.com/noticias/2003/12/03/metro/metro11.html (http://archivo.elsalvador.com/noticias/2003/12/03/metro/metro11.html)
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en diciembre 30, 2015, 10:34:26 am
Man, lo del límite de 60Km/h en el aeropuerto no es nuevo, dejen de mentir. Eso es así desde el 2003

http://archivo.elsalvador.com/noticias/2003/12/03/metro/metro11.html (http://archivo.elsalvador.com/noticias/2003/12/03/metro/metro11.html)

Eso no lo sabía y gracias por la referencia, pero no estoy mintiendo porque lo que dije es que son nuevos los letreros, ya que los han puesto recientemente, que es algo muy diferente.

Además la primera y única que vez que me han multado por exceso de velocidad en esa autopista era porque iba a 97km y el oficial me dijo que me excedí por 7km mas de los 90km permitidos.

Pero igual sea del 2003 o de hace 10 años, como crees que vas a manejar por toda una autopista a 60km como velocidad máxima  :tick:, siguiendo esa lógica, como dije solo falta que pongan 10km máximo en ciudad

NOTA: Al leer esa nota del 2003, ahí mismo mencionan varias cosas que ya se dijeron, entre ellas:

- Dudan que se respete.
- No está claro si eso fue por la temporada navideña de esa época, deja la duda si era una medida temporal
- Menciona controles permanentes de la PNC las 24 horas  :D
- Gremial de carga manifiesta que 60km no es para una carretera.
- Extranjeros pueden confundirse, ya que ellos estan acostumbrados a conducir a mayor velocidad en carreteras.
- Mencionan tramos con 90km y otros de 25km, pero en la realidad solo letreros de 60km han colocado.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en diciembre 30, 2015, 10:41:59 am
Eso no lo sabía y gracias por la referencia, pero no estoy mintiendo porque lo que dije es que son nuevos los letreros, ya que los han puesto recientemente, que es algo muy diferente.

Además la primera y única que vez que me han multado por exceso de velocidad en esa autopista era porque iba a 97km y el oficial me dijo que me excedí por 7km mas de los 90km permitidos.

Pero igual sea del 2003 o de hace 10 años, como crees que vas a manejar por toda una autopista a 60km como velocidad máxima  :tick:, siguiendo esa lógica, como dije solo falta que pongan 10km máximo en ciudad


Si no te gusta entonces podés contratar a un abogado para que imponga algún recurso administrativo para que modifiquen esa normal.

Si vos pensas que cometiendo ilegalidades vas a cambiar algo estás muy equivocado.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en diciembre 30, 2015, 10:43:00 am
Si no te gusta entonces podés contratar a un abogado para que imponga algún recurso administrativo para que modifiquen esa normal.

Si vos pensas que cometiendo ilegalidades vas a cambiar algo estás muy equivocado.

Donde dije que hay que cometer ilegalidades  :wacko:

Bueno agachemos la cabeza y aceptemos en silencio pues, en demas con el pueblo.

Si solo yo usara la carretera con gusto contrato un abogado.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en diciembre 30, 2015, 10:49:13 am
Donde dije que hay que cometer ilegalidades  :wacko:

Bueno agachemos la cabeza y aceptemos en silencio pues, en demas con el pueblo.

Si solo yo usara la carretera con gusto contrato un abogado.

Yo ya te dije que podés hacer si no te gusta la norma, contratar un abogado y que imponga un recurso administrativo por una mala aplicación de la ley. (Creo que es el proceso que se sigue, sino que me corrija un abogado).

Vos sos el único que ha decidido que no vale la pena y que lo mejor es agachar la cabeza. Es más vos diluís tu responsabilidad personal en el grupo diciendo que como no solo vos utilizas la carretera no tenes la obligación moral de iniciar nada.

ESO es el problema. Que vos te quejas de una norma injusta pero sos igual al otro 99% de la población que solo se queja pero cuando se les dice que pueden hacer deciden quedarse sentados porque como es problema de todos no es problema de nadie. y ESO es la razón por las que cosas no cambian porque nadie aquí incluyendote a vos tiene los huevitos de levantarse de la compu y hacer lo que le corresponde.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: buscador2k en diciembre 30, 2015, 10:54:17 am
Yo ya te dije que podés hacer si no te gusta la norma, contratar un abogado y que imponga un recurso administrativo por una mala aplicación de la ley. (Creo que es el proceso que se sigue, sino que me corrija un abogado).

Vos sos el único que ha decidido que no vale la pena y que lo mejor es agachar la cabeza. Es más vos diluís tu responsabilidad personal en el grupo diciendo que como no solo vos utilizas la carretera no tenes la obligación moral de iniciar nada.

ESO es el problema. Que vos te quejas de una norma injusta pero sos igual al otro 99% de la población que solo se queja pero cuando se les dice que pueden hacer deciden quedarse sentados porque como es problema de todos no es problema de nadie. y ESO es la razón por las que cosas no cambian porque nadie aquí incluyendote a vos tiene los huevitos de levantarse de la compu y hacer lo que le corresponde.

A que vergon, ahora soy el malo por no desembolsar de mi dinero para resolverle el problema al resto de la gente, soy el malo por solo venir a decir que no estoy de acuerdo con algo que está mal, no tengo los recursos para arreglarlo pero si lo que propones lo hacemos entre varios pues me apunto que es algo muy diferente, no vengas a confundir las cosas.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en diciembre 30, 2015, 11:00:25 am
Yo ya te dije que podés hacer si no te gusta la norma, contratar un abogado y que imponga un recurso administrativo por una mala aplicación de la ley. (Creo que es el proceso que se sigue, sino que me corrija un abogado).

Vos sos el único que ha decidido que no vale la pena y que lo mejor es agachar la cabeza. Es más vos diluís tu responsabilidad personal en el grupo diciendo que como no solo vos utilizas la carretera no tenes la obligación moral de iniciar nada.

ESO es el problema. Que vos te quejas de una norma injusta pero sos igual al otro 99% de la población que solo se queja pero cuando se les dice que pueden hacer deciden quedarse sentados porque como es problema de todos no es problema de nadie. y ESO es la razón por las que cosas no cambian porque nadie aquí incluyendote a vos tiene los huevitos de levantarse de la compu y hacer lo que le corresponde.
Se puede iniciar un proceso de inconstitucionalidad para "derogar" una norma. Pero no es un recurso es un proceso.

Respecto del límite de velocidad para ser honesto ahorita no recuerdo como esta regulado.

Lo que si es cierto y ya le respondí a zankenzetu en privado es que firmar en el lugar equivocado no es un motivo válido de impugnación.

De hecho la firma no tiene nada que ver con la validez de la multa

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Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: freak en diciembre 30, 2015, 11:02:02 am
enviado desde.... vale ver.. no importa

Haha.

Una pregunta que he tenido mucho tiempo, en las noches tipo pasada la media noche, cuando un semaforo esta en rojo se puede pasar como un Alto o hay que esperar a que cambie a ver?

Lo pregunto porque una vez me detuvieron asi, me salte el semaforo porque la zona es bien fea y lo tome como alto y asi lo habia tomado por mucho tiempo hasta ese entonces, habia salido noche del trabajo, la cosa es que la policia me agarro como que armas y drogas andaba en el carro me bajaron y revisaron todo, al final me dejaron ir  :dumb:
Esa es mi duda...
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: pollo en diciembre 30, 2015, 11:06:30 am
Haha.

Una pregunta que he tenido mucho tiempo, en las noches tipo pasada la media noche, cuando un semaforo esta en rojo se puede pasar como un Alto o hay que esperar a que cambie a ver?

Lo pregunto porque una vez me detuvieron asi, me salte el semaforo porque la zona es bien fea y lo tome como alto y asi lo habia tomado por mucho tiempo hasta ese entonces, habia salido noche del trabajo, la cosa es que la policia me agarro como que armas y drogas andaba en el carro me bajaron y revisaron todo, al final me dejaron ir  :dumb:
Esa es mi duda...
Tu pregunta no es algo legal si no de la práctica.

Legalmente es ilegal cruzar un semáforo en rojo a cualquier hora.

Pero en la práctica los policías entienden la situación que en ciertos lugares y horas es un riesgo hacer la parada,  pero es algo de la práctica no algo legal

Aún así toma cierta precaución cuando te des un semáforo en rojo en dichas circunstancias

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Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en diciembre 30, 2015, 11:07:03 am
Haha.

Una pregunta que he tenido mucho tiempo, en las noches tipo pasada la media noche, cuando un semaforo esta en rojo se puede pasar como un Alto o hay que esperar a que cambie a ver?

Lo pregunto porque una vez me detuvieron asi, me salte el semaforo porque la zona es bien fea y lo tome como alto y asi lo habia tomado por mucho tiempo hasta ese entonces, habia salido noche del trabajo, la cosa es que la policia me agarro como que armas y drogas andaba en el carro me bajaron y revisaron todo, al final me dejaron ir  :dumb:
Esa es mi duda...

No. No se puede Rojo es rojo y te pueden poner multa.

Aunque si es una zona fea te doy la razón en tanto se haga de forma segura (verificar y re-verificar que no venga nadie). Eso si si te para un policía y te multa decile la verdad: Prefiero que me pongan multa a que me asalten. A un chero incluso le dieron la razón y no le pusieron multa pero... eso es muy a criterio del policía si es un policia cuadrado o si quiere mordida awebo que te va  aquerer poner multa.

El VMT desactiva algunos semaforos a partir de las 10:00pm. Un semaforo desactivado parpadea. Quien tiene el semáforo parpadeando en amarillo tiene derecho de vía y el que le parpadea en rojo tiene alto pero siempre hay que cruzar con precaucion (reducir velocidad sin parar y pasar si no viene nadie).
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Hard Rocker en diciembre 30, 2015, 11:10:24 am
El reglamento de transito no distingue horarios, es ilegal pasarse un algo o un semáforo en rojo nos guste o no.

Ahora en la practica y por la misma situacion del pais la mayoria optamos(aca me incluyo porque lo hago) por mejor continuar la marcha, en lo personal cuando lo hago soy precavido para evitar un accidente al menos detenerme solo a ver si no viene carro.

La onda es no pelearse con los policias tambien innecesariamente aveces es que andan tras la pista de alguien y ven sospechoso un carro a gran velocidad pasandose los altos
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: luiscaps2 en diciembre 30, 2015, 11:13:25 am
60 Km es un chiste para límite de velocidad, ya 90 Km. si es una velocidad razonable de límite de velocidad.

Como punto de vista aquí mucha gente maneja como que si anda en el parque (super lento) y otros andan super puyados y por eso existen el vergo de accidentes de tráfico y varios muertos por bolos, toretto wannabe etc.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Hard Rocker en diciembre 30, 2015, 11:21:57 am
Con mi primer carro solo podia ir a menos de 70 kmxh y anduve x todo el pais y jamas senti necesidad de ir mas rapido para donde fuera, el problema de esto es ir de lado izquierdo eso si esta mal porque hasta el reglamento lo obliga a uno a irse por el lado derecho si va ir sin llegar al limite de velocidad. Puede que la ley no les guste pero si ese limite está establecido asi es por una buena razon solo no sean tontos tambien y solo porque no les gusta van a ir de abusivos acelerando como locos, recuerden que no solo uds van en la calle eso es lo que todos los conductores deberiamos entender y en un accidente pueden herir a alguien mas por su imprudencia.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: freak en diciembre 30, 2015, 11:41:41 am
 :thumbsup: Gracias por la aclaracion con respecto a los semaforos en rojo.
Saludos
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: saskeushija en diciembre 30, 2015, 04:43:17 pm
Una duda yo intente sacar la licencia de conducir para poder salir  este primero de enero lastimosente no pase  el examen del vmt . en los post anteriores vi algo sobre un permiso temporal para poder conducir sin licenciam. Donde puedo pedir ese permiso. Y si tarda bastante ese proceso. Y la otra duda es fui a hacer la refrenda de la tarjeta de circulación y a la vez deje la compra venta para q la nueva tarjeta de circulación salga a mi nombre lo cual me la darán el otro año.


Dudas podría conducir yo con mi familia con el permiso temporal que alguien mencionó y con. La tarjeta de circulación vencida y mostrar los papeles que están en proceso de darmela en certracem 
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Neon08 en diciembre 30, 2015, 04:49:06 pm
Una duda yo intente sacar la licencia de conducir para poder salir  este primero de enero lastimosente no pase  el examen del vmt . en los post anteriores vi algo sobre un permiso temporal para poder conducir sin licenciam. Donde puedo pedir ese permiso. Y si tarda bastante ese proceso. Y la otra duda es fui a hacer la refrenda de la tarjeta de circulación y a la vez deje la compra venta para q la nueva tarjeta de circulación salga a mi nombre lo cual me la darán el otro año.


Dudas podría conducir yo con mi familia con el permiso temporal que alguien mencionó y con. La tarjeta de circulación vencida y mostrar los papeles que están en proceso de darmela en certracem
Lo del permiso temporal segun se, es si ya tenias licencia anteriormente, de igual manera si era para salir el 1o de enero si ya esta fregado con el tiempo porque no creo q te salga mañana (desconozco el proceso).

De la tarjeta de circulación asi mero, deci que ya la refrendaste pero estas en proceso que la den a tu nombre, anda a la mano el numero de proceso (de sertracen), la tarjeta anterior y una copia u original de la compra venta (por cualquier cosa esto ultimo).

Espero haberte ayudado.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: mxgxw en diciembre 30, 2015, 04:49:22 pm
Una duda yo intente sacar la licencia de conducir para poder salir  este primero de enero lastimosente no pase  el examen del vmt . en los post anteriores vi algo sobre un permiso temporal para poder conducir sin licenciam. Donde puedo pedir ese permiso. Y si tarda bastante ese proceso. Y la otra duda es fui a hacer la refrenda de la tarjeta de circulación y a la vez deje la compra venta para q la nueva tarjeta de circulación salga a mi nombre lo cual me la darán el otro año.


Dudas podría conducir yo con mi familia con el permiso temporal que alguien mencionó y con. La tarjeta de circulación vencida y mostrar los papeles que están en proceso de darmela en certracem 

Si no pasaste el test, mejor estudiá e intentá el año que viene. No arriesges tu vida, la de tu familia y sobre todo la de los otros conductores que no tienen nada que ver con que vos no seas un conductor apto para manejar.

Respecto a la tarjeta. El reglamento dice claramente que necesitas una tarjeta de circulación vigente para poder circular, caso contrario te expones a que te pongan una multa. Cuando haces el cambio de propietario te dan un comprobante de que la documentación está en trámite PERO OJO... Ahí queda a muy criterio del policía que te detenga si te deja circular así o si te pone multa por no andar tarjeta. Es igual que los que andan sin placas y solo con la póliza de importación del vehículo... En ningún lugar del reglamento dice que se puede circular así pero los policías dependiendo del estado de ánimo que anden se hacen del ojo pacho.

PD: Si estás preguntando estas cosas comprendo porque no pasaste el exámen del VMT.
Título: Re:Impugnación de las multas d transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: saskeushija en diciembre 30, 2015, 06:26:58 pm
Pase el examen del mvt con 6.33 y para pasarlo es con 7 haciendo mis cuentas tuve 19 respuestas correctas y para pasar me faltaron dos igual no fueron. Entonces no puedo acceder al dichoso permiso temporal y si en caso de que me detengan puedo enseñar solo la tarjeta de circulación y alegar que se me olvido la licencia o mejor les enseño los papeles donde consta q he pasado los tres examenes faltandome el del vmt. Quien me aconseja. Ademas llevo ya 4 meses manejando y no he tenido ningún problema
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: g00mba en diciembre 30, 2015, 06:28:40 pm
Pase el examen del mvt con 6.33 y para pasarlo es con 7 haciendo mis cuentas tuve 19 respuestas correctas y para pasar me faltaron dos igual no fueron. Entonces no puedo acceder al dichoso permiso temporal y si en caso de que me detengan puedo enseñar solo la tarjeta de circulación y alegar que se me olvido la licencia o mejor les enseño los papeles donde consta q he pasado los tres examenes faltandome el del vmt. Quien me aconseja. Ademas llevo ya 4 meses manejando y no he tenido ningún problema
te van a decomisar el carro . asi de sencillo. de ahi a socar que lo halles entero si lo logras recuperar.... pensandolo bien, si segui manejando sin licencia. creo que te serviria de leccion que manden el carro a changallo.

depresion me da darme cuenta que gente asi anda manejando.
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: saskeushija en diciembre 30, 2015, 06:38:56 pm
Pues un examen teórico no dice si el que lo hace es buen conductor o no. Haber dale la licencia a alguien que jamas a tocado un carro y me contas si va a poder echar andar el carro. La licencia es solo una tarjeta solo eso y los que las consiguen fraudulentamente que. Esos ahí.andan. y no pasa nada
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: g00mba en diciembre 30, 2015, 06:50:24 pm
Pues un examen teórico no dice si el que lo hace es buen conductor o no. Haber dale la licencia a alguien que jamas a tocado un carro y me contas si va a poder echar andar el carro. La licencia es solo una tarjeta solo eso y los que las consiguen fraudulentamente que. Esos ahí.andan. y no pasa nada
el que no tengas licencia significa que sos un ignorante de las leyes de transito. eso significa. que andas haciendo algo y no sabes las reglas. podes matar a alguien, podes hacer m!erda tu carro, te podes matar vos y no vas a saber ni siquiera en que la cagaste.
NO MANEJES SI NO CONOCES EL REGLAMENTO DE TRANSITO. (put@ que deprimente tener que recalcar algo tan obvio y natural)
(http://www.reactiongifs.us/wp-content/uploads/2013/05/live_on_this_planet_futurama.gif)
Título: Re:Impugnación de las multas de transito y conducción temaria por manejar ebrio..
Publicado por: Camus de Acuario en diciembre 30, 2015, 10:37:30 pm
Pase el examen del mvt con 6.33 y para pasarlo es con 7 haciendo mis cuentas tuve 19 respuestas correctas y para pasar me faltaron dos igual no fueron. Entonces no puedo acceder al dichoso permiso temporal y si en caso de que me detengan puedo enseñar solo la tarjeta de circulación y alegar que se me olvido la licencia o mejor les enseño los papeles donde consta q he pasado los tres examenes faltandome el del vmt. Quien me aconseja. Ademas llevo ya 4 meses manejando y no he tenido ningún problema
Y con 4 meses te sentis gallito? nombre viejo llevo 15 años de manejar y sólo tengo una multa bien merecida por cruzar en doble linea amarilla, la cual no trate de impugnar porque awebo la cague. Estudia bien y la próxima no vas a fallar, mientras tanto no te expongas a que te decomisen el carro o te zampen multa.