Autor Tema: pago de vacaciones anuales  (Leído 4480 veces)

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Desconectado bosch

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pago de vacaciones anuales
« : julio 29, 2015, 04:29:50 pm »
mi duda es cuanto me debe de corresponder dicho pago, ya que estoy por cumplir 3 anos de laborar en la empresa mi sueldo es de 300. les agradecre mucho

Desconectado tekun

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #1 : julio 29, 2015, 04:57:34 pm »
depende de cada empresa, donde yo trabajo pagan el 100% desde le primer año, pueda que a voz te pague lo que la ley dice, busca el código o ley de trabajo (no se como se llama) ahí esta lo que la ley te da por derecho, lo demás es "prestación" de la empresa
lo difícil lo hago rápido, con lo imposible, casi siempre me tardo un poquito

Desconectado ANGELITO665

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #2 : julio 29, 2015, 05:08:01 pm »
La retribución de las vacaciones anuales es de 15 días de salario más el 30%
« Última Modificación: julio 29, 2015, 05:13:39 pm por ANGELITO665 »

Desconectado realbo

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #3 : julio 29, 2015, 05:59:43 pm »
Osea tu quincena normal mas 30% de esa quicena no creas que vas a recibir otros 15 dias de salario mas un 30% adicional y aparte la quincena

Desconectado EggA

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #4 : julio 30, 2015, 08:08:47 am »


Directo del código de trabajo.
Aunque mi manera de  interpretarlo es diferente a la del forero anterior.
Digamos que te tomas las vacaciones el 25, se supone que ese mismo dia te dan tus vacaciones y el pago por esos 15dias + 30%.
Y el 30 del mes te pagan por los dias trabajados dependiendo de las fechas de corte de tu empresa digamos te pagan del del 1 al 15 y del 16 al 30* entonces; te dan tu pago quincenal (del 16 al 25) + las vacaciones que te vas a tomar + el 30% de tu salario. Y te despachan.

Ahora la fecha de pago inmediata cuando regresas de vacaciones (Tomando en cuenta que te las tomaste el 25 tendrías que regresar el 10) sería el 15, en el cual solo te van a salir 5 dias de trabajo o sea si ganas 20 al dia te van a salir $100 pesos nada mas.
Y si te acabaste el pisto en las vacaciones vas a sobrevivir a puro wellfare hasta el proximo pago.

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Desconectado realbo

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #5 : julio 30, 2015, 08:23:09 am »

Directo del código de trabajo.
Aunque mi manera de  interpretarlo es diferente a la del forero anterior.
Digamos que te tomas las vacaciones el 25, se supone que ese mismo dia te dan tus vacaciones y el pago por esos 15dias + 30%.
Y el 30 del mes te pagan por los dias trabajados dependiendo de las fechas de corte de tu empresa digamos te pagan del del 1 al 15 y del 16 al 30* entonces; te dan tu pago quincenal (del 16 al 25) + las vacaciones que te vas a tomar + el 30% de tu salario. Y te despachan.

Ahora la fecha de pago inmediata cuando regresas de vacaciones (Tomando en cuenta que te las tomaste el 25 tendrías que regresar el 10) sería el 15, en el cual solo te van a salir 5 dias de trabajo o sea si ganas 20 al dia te van a salir $100 pesos nada mas.
Y si te acabaste el pisto en las vacaciones vas a sobrevivir a puro wellfare hasta el proximo pago.

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Exacto es que no me explico muy bien XD

Desconectado nameless

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #6 : julio 30, 2015, 08:52:18 am »



Yo tengo una duda ya que leí esto y es en cuanto a los años de trabajo continuo , no me queda claro el texto pues yo comence a trabajar en una empresa prestando servicios profesionales y lo hice por el tiempo de 14 meses , mi duda es ; ahora que ya me contrataron y llevo 18 meses contratado puedo apelar a ese articulo para que me cuenten los años laborados prestando servicio profesional ???

Aqui me beneficia pues entre mas años tenga laborando hay mas ´prestaciones.

Desconectado EggA

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #7 : julio 30, 2015, 11:43:01 am »
Si...... Yo creo que aplica parejo, si queres bajate el codigo de trabajo esn la pag de la asamblea esta

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Desconectado cagc222

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #8 : julio 30, 2015, 12:32:06 pm »
Pues si estuviste contratado como " servicios profesionales " y si te descontaban el 10% de renta, entonces ese periodo no te abarca para las vacaciones, puesto que se supone que bajo esa figura no hay una subordinación:

¿CUÁNDO ADQUIERE EL TRABAJADOR SU DERECHO DE VACACIONES?
El trabajador adquiere su derecho de vacaciones cada vez que cumpla un año de
servicio de manera continua en una empresa o establecimiento, o bajo la dependencia
de un mismo empleador. (Art. 177 CT)

y con respecto al calculo es el salario de quince dias mas el 30% de esa cantidad, te la tienen que pagar antes de irte a vacación, es decir que son anticipadas, es decir si tienen que darte el sueldo + las vacaciones , si vas a descansar la quincena siguiente.

Dejo algunas preguntas frecuentes:

¿TIENEN DERECHO A VACACIONES TODOS LO TRABAJADORES?
Sí, Todos los trabajadores tienen derecho a vacaciones, y para hacerlo efectivo, deberán
haber trabajado, como mínimo doscientos días durante el año. (Art. 180 CT)
semanal. (Art. I78CT)

¿CUÁL ES LA DURACIÓN DEL PERÍODO DE VACACIONES?
El período de vacaciones es de 15 días, incluyendo en este período los días laborales,
los de descanso semanal y también los días de asueto nacional. (Arts. 177 y 178 CT)

¿QUÉ DIAS PUEDEN DAR INICIO LAS VACACIONES?
Todos los días, exceptuando los días de asueto nacional y los días de descanso

¿CÓMO SE PAGAN LAS VACACIONES?
Se pagan con el salario ordinario equivalente a 15 días más el treinta por ciento (30%)
del mismo lapso. (Art. 177 CT)

¿LAS VACACIONES SE PAGAN ANTES O DESPUÉS DEL GOCE DE ÉSTAS?
El empleador debe pagar las vacaciones antes que el trabajador empiece a
gozar de ellas. (Art. 185 CT)

¿PUEDE UN TRABAJADOR COMPENSAR SUS VACACIONES POR DINERO O
ESPECIE?

No. El Código de Trabajo prohíbe compensar las vacaciones en dinero o especie; es
obligación del empleador dar las vacaciones y corresponde al trabajador tomarlas,
sin fraccionarlas o acumular los períodos de vacaciones. (Art. 188 CT)

¿CUÁNDO PRESCRIBE EL DERECHO DEL TRABAJADOR PARA RECLAMAR EL PAGO
DE VACACIONES?

Prescribe en 180 días, contados a partir de la fecha en que debió efectuarse el
pago.(Art.613CT).

Espero te sirva, saludos  :drinks: :thumbsup: :thumbsup:






Desconectado nameless

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #9 : julio 30, 2015, 01:15:24 pm »
Pues si estuviste contratado como " servicios profesionales " y si te descontaban el 10% de renta, entonces ese periodo no te abarca para las vacaciones, puesto que se supone que bajo esa figura no hay una subordinación:


Espero te sirva, saludos  :drinks: :thumbsup: :thumbsup:

Yo estuve 14 meses como servicio profesional y me descontaban el 10%, subordinado estaba porque recibía ordenes de un jefe , ahora que ya estoy contratado en la misma empresa ya tengo vacaciones pues ya llevo 18 meses asi ; yo queria saber lo de si me contaban ese tiempo no para las vacaciones sino porque como decia entre mas tiempo tenga aqui en la empresa mejor son las prestaciones pues en vez de tener 18 meses si me contaran los del servico profesional tendria 32 meses y ya con ese tiempo tendria acceso a mejores prestaciones, es por eso que me queda la duda de si puedo apelar a ese articulo para exigir que se me cuente.

Desconectado XtremeH

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #10 : julio 30, 2015, 01:18:03 pm »
Yo estuve 14 meses como servicio profesional y me descontaban el 10%, subordinado estaba porque recibía ordenes de un jefe , ahora que ya estoy contratado en la misma empresa ya tengo vacaciones pues ya llevo 18 meses asi ; yo queria saber lo de si me contaban ese tiempo no para las vacaciones sino porque como decia entre mas tiempo tenga aqui en la empresa mejor son las prestaciones pues en vez de tener 18 meses si me contaran los del servico profesional tendria 32 meses y ya con ese tiempo tendria acceso a mejores prestaciones, es por eso que me queda la duda de si puedo apelar a ese articulo para exigir que se me cuente.
Tus días como empleado de esa empresa empiezan desde el momento que firmaste contrato con ellos. No antes.

Desconectado cagc222

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #11 : julio 30, 2015, 01:35:26 pm »
Yo estuve 14 meses como servicio profesional y me descontaban el 10%, subordinado estaba porque recibía ordenes de un jefe , ahora que ya estoy contratado en la misma empresa ya tengo vacaciones pues ya llevo 18 meses asi ; yo queria saber lo de si me contaban ese tiempo no para las vacaciones sino porque como decia entre mas tiempo tenga aqui en la empresa mejor son las prestaciones pues en vez de tener 18 meses si me contaran los del servico profesional tendria 32 meses y ya con ese tiempo tendria acceso a mejores prestaciones, es por eso que me queda la duda de si puedo apelar a ese articulo para exigir que se me cuente.

Bueno entiendo que muchas empresas hacen eso, para no pagar isss ni afp, si en realidad recibias ordenes e instrucciones entonces si tenian que haberte ingresado al isss y al afp, por lo tanto pideles que te tomen ese tiempo, para tu cálculo, porque en realidad no eran "servicios profesionales" sin embargo, pudieran objetarte que no habias firmado, pero si puedes ampararte en ese articulo pues queda claro que si tienes mas de un año bajo la dependencia de ese patrono, pudieran darte mejores beneficios, a los que dices tendrías acceso. La cosa es que lo intentes  :thumbsup:

Desconectado nameless

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #12 : julio 30, 2015, 01:43:30 pm »
Bueno entiendo que muchas empresas hacen eso, para no pagar isss ni afp, si en realidad recibias ordenes e instrucciones entonces si tenian que haberte ingresado al isss y al afp, por lo tanto pideles que te tomen ese tiempo, para tu cálculo, porque en realidad no eran "servicios profesionales" sin embargo, pudieran objetarte que no habias firmado, pero si puedes ampararte en ese articulo pues queda claro que si tienes mas de un año bajo la dependencia de ese patrono, pudieran darte mejores beneficios, a los que dices tendrías acceso. La cosa es que lo intentes  :thumbsup:

ah ok gracias por la aclaración.

Desconectado tibirix

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #13 : julio 30, 2015, 04:59:08 pm »
hay que haber laborado el año completo para poder tomarlas?, me parece haber leido en algun lado que despues de laborar 200 días se pueden tomar algunos días de vacacion.

Desconectado nameless

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Re:pago de vacaciones anuales
« Respuesta #14 : julio 30, 2015, 05:01:03 pm »
hay que haber laborado el año completo para poder tomarlas?, me parece haber leido en algun lado que despues de laborar 200 días se pueden tomar algunos días de vacacion.

eso es cierto, con 200 dias habiles laborados ya las podes pedir.