Que bueno que abrieras un tema aparte para este asunto pollo porque este tema es muy serio para estarlo tratando en la letrina del foro como había sido hasta hace poco.
Aquí dejo un link al archivo PDF de la ley:
http://www.caja-pdf.es/2014/08/03/dechd-764-31-07-14-dt-ley-de-operaciones-financieras/dechd-764-31-07-14-dt-ley-de-operaciones-financieras.pdfHay mucho que analizar en esta ley pero desde ya se ve dos cosas claras:
- Sufrió ligeras modificaciones con respecto a la ley original propuesta
- Si cargara con impuesto al sector productivo, contradiciendo lo que dijeron algunos de los diputados que la aprobaron.
Modificaciones que he visto hasta ahora:
- El monto mínimo para imponer el impuesto paso de $750 a $1000.
- Se exonero a las gasolineras del pago del impuesto cuando compren combustible para vender.
- Modificaron el articulo 3, literal D en la parte que hacia sujeto del impuesto todas las compras con tarjeta de crédito dentro del monto impositivo, al parecer tuvieron la cordura de quitarlo.
- Se exonera del impuesto al desembolso de prestamos personales hasta por un monto máximo de $10,000 y primas de seguro por hasta un máximo de $1000.
Ahora bien las exenciones al sector productivo siguen siendo las mismas y muy pocas:
- Retiro de dinero en banco y cajero electrónico
- Pago de salarios e indemnizaciones, esto solo cuando se pague desde una cuenta especial del empleador.
- Pago de la tarjeta de crédito.
- Pago de ISSS y AFP
- Exoneración del pago a organismos de gobierno, organismos internacionales, embajadas, AFPs y zonas francas.
- Pago de prestamos
- Desembolso de prestamos para capital de trabajo para microempresarios, adquisición de vivienda o agricultura hasta un máximo de $50,000, en el caso de los prestamos personales el monto a exonerar es hasta un máximo de $10,000
- Los pagos de agua y energía eléctrica.
- La transferencia entre cuentas de un mismo titular.
- El pago de primas de la primas de seguro hasta un máximo de $1,000, a esto no le veo el sentido porque igual la exoneracion del pago del impuesto es para montos inferiores o iguales $1,000 así que si la prima era de $1,000 igual estaba exonerada y si la prima es de $1,000.01 igual le tocaba pagar.
- Las transferencias hacia el exterior relacionadas con importaciones de bienes y servicios relacionados con la actividad productiva y remesas por repatriación de
capital o utilidades
- Las transferencias provenientes del exterior, acreditadas a la cuenta del beneficiario o destinatario, tales como remesas familiares, pagos por bienes o servicios exportados.
RETENCIÓN DE IMPUESTO PARA EL CONTROL DE LA LIQUIDEZ
Ahora bien hay un detalle interesante y es que según el Art. 10 todos los montos mensuales o acumulados de $5,000 o mas resultantes de operaciones de originado de las operaciones de depósitos, pagos y retiros en efectivo, serán sujetos de retención del impuesto, es decir que si por ejemplo usted tiene una cuenta adonde le depositan el dinero para que haga ciertas compras de capital, materiales o lo que sea adonde le depositan mas de $2,500 mensuales los cuales a su vez retira, haciendo mas de $5000 en transacciones acumuladas, le dejaran retenido el impuesto.
Hasta donde creo entender este dinero sera retenido si o si, en montos de $5000 acumulados para arriba y tenes dos años para acreditarlo como parte del pago de otros impuestos al estilo crédito fiscal, pero aplicable a otros impuestos no solo al pago de IVA sino lo perderas.
Otra cosa es que hasta donde la ley dice este monto se puede retener hasta por duplicado, si vos depositas $5,000 en un mes en tu cuenta y al otros mes los sacas se te cobra de nuevo el impuesto.
Incluso se puede cobrar de forma triplicada, por ejemplo si alguien mete $5,000 en su cuenta le cargan el impuesto para el control de liquidez, si luego los transfiere por medio electrónico a la cuenta de un amigo le carga el impuesto del Art. 1 y cuando venga su amigo y saque ese dinero de cuenta para poder usarlo le van a cobrar de nuvo el impuesto a la retención, es decir al final de la operación sera así:
Deposito $5,000 queda $12.5 retenidos, quedan $4,987.50 disponibles.
Transfiero por vía electrónica a cuenta del amigo los $4,987.50 se retienen $12.47 al amigo le llegan $4,975.03 a su cuenta.
Cuando el amigo retira el dinero de su cuenta le retienen $12.44 entonces solo puede retirar $4,962.59
Entonces al final de la operación de depositar, transferir y luego sacar los $5000 se habrán pagado o quedado retenidos un total de $37.41
Si a alguien la parecían sangronas las comisiones de los bancos a ver como le queda el ojo con las comisiones que les cobrara a cambio de nada el estado por mover su propio dinero.
El problema es que al parecer si no podes acreditar esta retención al pago de algún impuesto este dinero le quedara a papa estado, por ejemplo si no sos contribuyente registrado, por ejemplo si sos comerciante informal y creo que por este lado viene la intención de este impuesto hacer que de alguna forma el sector informal pague por hacer uso del sistema bancario.
El otro gran problema es para el sector productivo, el pago de todos los bienes y servicios, exceptuando salarios y pago de agua y energía eléctrica estará sujeto al impuesto, es decir cada pago entre una empresa e insumos y bienes y servicios sera pagado una y otra vez entre todos las empresas de la cadena productiva para todos los montos de 1,000 o mas.
Como explique la vez anterior, la maderera paga el impuesto para los insumos para talar los arboles (combustible, motosierras, flete de transporte de la madera, etc), la carpintería paga el impuesto al momento de comprar la madera al mayoreo y por todos los insumos que usa para transformar en muebles dicha madera, el almacén paga de nuevo el impuesto cuando le compra los muebles al por mayor a la carpintería, luego si el mueble vale mas de $1000 el consumidor final paga de nuevo el impuesto al comprar el mueble al almacén y OJO ESTO ES LO INTERESANTE, SI EL MUEBLE VALE MENOS DE 1,000 INCLUSO SI VALE SOLO $50 EL CLIENTE FINAL IGUAL PAGARA TODAS LAS VECES QUE EL IMPUESTO FUE COBRADO EN LA CADENA DE PRODUCCIÓN COMO UN AUMENTO DE PRECIO.
En cuanto a los desembolsos de prestamos para microempresarios hasta por $50,000, que es lo único que esta exonerado como parte del proceso productivo de las empresas esto es sumamente engañoso:
1) Solo beneficia a microempresarios y por un monto básicamente pequeño para los montos que manejan las empresas.
2) Segundo solo atañe al préstamo es decir solo aplica si se trata de un préstamo para capital de trabajo, si la empresa esta reinvirtiendo o usando recursos propios no goza de esta exención.
3) Aunque seas microempresario y en el desembolso del préstamo para capital de trabajo no se cobre el impuesto igual se cobrara cuando este préstamo se utilice, ya sea en las transacciones de compra de bienes y servicios por mas de $1,000 o en la retención de liquidez si la operaciones bancarias exceden los $5,000 ambos factores perfectamente posibles incluso para un microempresario.
Por otra parte quierase o no la retención del impuesto a la liquidez aun cuando sea recuperable implica que toda empresa no podrá disponer de cierta parte de su capital y eso afecta a los negocios que hacen transferencias intensivas y recurrentes de dinero a nivel bancario.
Les dejo un ejemplo: tenes un negocio de alta movilidad de inventario en el cual cada día vendes $1000, vas a depositar al banco cada par de dias $2,000 tan pronto los tenes en tu cuenta los usas para comprar $2,000 mas de producto es decir tu aunque tu capital de trabajo quizás solo sea de $2,000 lo reinvertis 15 veces al mes haciendo $30,000 de operaciones mensuales, entonces al final de mes te van a estar retendiendo como impuesto a la liquidez $75 es decir $900 al año.
Así que eso de que este impuesto no afecta a la actividad productiva de las empresas hay que decirlo es una total mentira.