Como tu dices pollo la indemnización se calcula al día del despido porqur son los días trabajados, pero en el caso que no había descansado esos días se reconocen como tiempo efectivo de trabajo para el cálculo de la indemnización, no tengo a la mano la base legal pero así nos enseñaron en la U y también en una capacitación del MT
Enviado desde mi C6502 mediante Tapatalk
No, rotundamente estas equivocado y estas confundiendo a la gente.
Es que una cosa es la indemnización por depido conocida por "pasivo laboral", "tiempo", etc.... y otra cosa son las prestaciones extras como las vacaciones y aguinaldo.
Si no ha tomado sus vaciones y si ya paso el tiempo que exige la ley para para tener derecho a vacaciones y lo despiden por supuesto que se le deben de pagar de forma proporcional sus vacaciones al tiempo que lleva laborando.
Pero NO SE SUMA 15 dias para el calculo de la indemnizacion o "pasivo laboral", eso es rotundamente falso, o te confundiste y no le entendiste bien al que te dio la capacitación o el que te la dio es un inepto.
En el 58 se regula lo de la indemnización
Art. 58.-Cuando un trabajador contratado por tiempo indefinido, fuere despedido de sus labores
sin causa justificada, tendrá derecho a que el patrono le indemnice con una cantidad equivalente al salario
básico de treinta días por cada año de servicios y proporcionalmente por fracciones de año. En ningún caso
la indemnización será menor del equivalente al salario básico de quince días.
PARA LOS EFECTOS D EL CALCULO D E LA I ND EMNI ZACI ON A QUE SE REFI ERE EL I NCI SO
A NTERI OR, NI NGUN SALARI O POD RA SER SUPERI OR A CUATRO VECES EL SALARI O MI NI MO DIARIO
LEGAL VI GENTE.(6)(8)
El articulo