Cito Art.198 Cod. Trabajo:
Art. 198.- La cantidad mínima que deberá pagarse al trabajador como prima en
concepto de aguinaldo será:
1º) Para quien tuviere un año o más y menos de tres años de servicio, la prestación
equivalente al salario de diez días;
2º) Para quien tuviere tres años o más y menos de diez años de servicio, la prestación
equivalente al salario de quince días;
3º) Para quien tuviere diez o más años de servicio, una prestación equivalente al salario de
dieciocho días.(4)
Cito Art. Cod. Trabajo:
Art. 199.- Para calcular la remuneración que el trabajador debe recibir en concepto de
aguinaldo, se tomará en cuenta:
1º) El salario básico que devengue a la fecha en que debe pagarse el aguinaldo cuando
el salario hubiese sido estipulado por unidad de tiempo; y
2º) El salario básico que resulte de dividir los salarios ordinarios que el trabajador haya
devengado durante los seis meses anteriores a la fecha, en que debe pagarse el
aguinaldo, entre el número de días laborables comprendidos en dicho período, cuando
se trate de cualquier otra forma de estipulación del salario
De allí ya deberias poder hacerlo... saludos