Muy interesantes algunos articulos, aparte de los mencionados arriba este me llama la atencion:
EXIGENCIA DE RETRIBUCIÓN ECONÓMICA POR SERVICIOS NO SOLICITADOS.
Art. 70.- Exigir retribución económica por la prestación de servicios no solicitados, tales como limpieza
de parabrisas o cuido de vehículos automotores estacionados en la vía pública o cobro del espacio público.
FALTA DE LIMPIEZA E HIGIENE DE INMUEBLES.
Art. 79.- Permitir en inmuebles la proliferación de maleza, basura, aguas estancadas, residuos y de cualquier material
que denote falta de limpieza, conservación o higiene que signifique riesgo o peligro para la salud o seguridad de la
población.
DE LAS MASCOTAS EN LUGARES PÚBLICOS O PRIVADOS.
Art. 94.- Omitir por parte de los dueños o personas responsables de los animales domésticos, limpiar los desechos
fisiológicos o suciedades ocasionados por estos, en las aceras, vías, plazas, parques, zonas verdes u otros espacios
públicos o privados.
Muy interesante, ya que hay algunas casas abandonadas en mi pasaje cuyos dueños viven fuera del pais, no se les da mantenimiento, en epoca de invierno son criaderos de zancudos, ratas y demas, y los perros de la calle hacen su kk ahi y ahora se veran obligados a darle mantenimiento. Que buena ley, ojala funcione.