Lo unico cierto que te puedo decir es que el limite para introduccion de carros es que NO tengan más de 10 años, y los 92 ya van bastante arriba de eso. Si son demaciado importantes, quiza pueda registrarlos en guatemala y jalarlos a El Salvador para usarlos. No lo se, espera que alguien que sepa más conteste.
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Encontre esto en otro foro.... quiza te ayude.
omo estamos…. Pues ya el Reglamento General de Trasporte Terrestre, regula lo que ud necesita saber vamos a ver:
Art. 34.Inc 3° Se prohíbe la importación de vehículos automotores (lo dice de manera general) en razón de su, antigüedad, de:
a) Livianos de pasajeros y de carga, que tengan más de 8 años de fabricación;
b) Pesados de pasajeros que tengan más de diez años de fabricación; y
c) Pesados de carga que tengan más de 15 años de fabricación.
El año de fabricación de un vehículo automotor, se determinará a partir del año del modelo del vehículo que se estipule en el título de propiedad, tarjeta de circulación o documento equivalente, emitido por la autoridad competente del país de procedencia. De no contarse con la anterior documentación, el año de fabricación se determinará a partir del décimo dígito del Número de Identificación Vehicular (VIN), o por los métodos técnicos aplicables por la Dirección General de Aduanas. Para este fin, el Número de Identificación Vehicular, será verificado por el personal de la División de Protección al Transporte de la Policía Nacional Civil.
Quedan exentos de esta disposición, las rastras y remolques, los vehículos de colección, los adquiridos o donados al Estado e Instituciones de Servicio Público o de beneficencia y las de carácter religioso debidamente legalizadas, los de uso exclusivo para minusválidos o discapacitados, así como los de uso agrícola, terracería industrial y los vehículos unidos a plantas eléctricas, perforadoras de pozo y purificadoras de agua.
Todos los vehículos usados que sean introducidos con las anteriores exenciones, para matricularse, estarán sujetos a los requisitos que esta Ley y sus Reglamentos especifiquen y a una revisión técnica mecánica, la cual la realizará el Viceministerio de Transporte o las personas naturales o jurídicas que autorice, sino la aprueban no serán aptos para la circulación en el país.
Todos los vehículos usados que cumplan con los requisitos para ser introducidos al país, estarán sujetos a la revisión técnico-mecánica respectiva, por las autoridades de Medio Ambiente y Recursos Naturales y del Viceministerio de Transporte, quienes autorizan la circulación de los vehículos en mención.
Este son las diferentes formas de cómo lo puede introducir:
1- 2001 el años mas antiguo que podes traer ahorita. (8 años)
2- Si compras en subasta siempre gastaras menos si sabes con quien comprarlo.
3- Hay 2 formas de pagar impuestos:
a) Por Libro: La aduana te cobrara dependiendo la marca, el transporte por donde lo trajo (terrestre o maritimo) y tambien si es title salvage o title clean etc. esto quiere decir si es con golpes o sin golpes. (esta forma es bien cara)
b) Por factura: se contrata un importador de carros que tenga autorización de introducir un carro con base a lo que pago en la subasta o en el dealer, aca mas o menos anda el 33% sobre la factura mas otros gatos q no es mucho llegue a los 40%.
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Y algo más.....
http://www.asamblea.gob.sv/eparlamento/indice-legislativo/buscador-de-documentos-legislativos/normas-para-la-importacion-de-vehiculos-automoviles-y-de-otros-medios-de-transporte/archivo_documento_legislativo