A quien interese:
La ley de transporte, tránsito y seguridad vial en el capítulo II no establece multa por circular sin sticker de placa en el parabrisas.
Relacionadas a placas de circulación únicamente describe esquelas por:
> N°9 - Circular solo con una placa ($11.43).
> N°10 - Carecer de luz de placa ($11.43).
> N°12 - Circular con más placas de las permitidas ($11.43).
> N°77 - Conducir el vehículo con placas que pertenecen a otro ($57.14).
> N°78 - Circular con placas que no corresponda a la emisión vigente ($57.14).
> N°79 - Circular con placas falsificadas ($57.14).
…las cuales se encuentran contempladas en el cuadro de multas de tránsito por infracciones en la sección de control.
Además,
en el capítulo III "De las placas" del Reglamento General de Tránsito y Seguridad vial se establece mediante:
> El Art. 26: Los vehículos respecto a los cuales se extienda autorización para circular deben llevar permanentemente las placas numéricas según la clase a que pertenezcan y en los lugares señalados a continuación:
Los automotores portarán dos placas, una adelante y otra en la parte posterior bajo el aparato de luz de guía; exceptuándose las motocicletas, cuatrimotos, tricimotos y motobicicletas que llevarán sólo una placa en la parte trasera en lugar visible.
> El Art. 27: Cada vehículo debe portar en el sitio reglamentario, una o dos placas de matrícula según lo fije el Viceministerio de Transporte, y los distintivos de identificación y pago que señale la Dirección General de Tránsito, los cuales son intransferibles a otros vehículos sin la autorización formal de esa Dirección.